Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº160

Resolución Nº 160

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 12/12/2024

Visto las presentes actuaciones mediante las cuales el Sr. Braian Wagner Jara, solicita factibilidad para la instalación de una Planta Industrial para depósito de insumos para las actividades: "Servicio de desinfección y exterminio de plagas en el ámbito urbano" y "Servicios complementarios para el transporte marítimo", sobre un lote identificado catastralmente como: Circ.: II - Secc.: C - Mz. 244 a - Parc.: 2  - Partida: 205.752, y 

CONSIDERANDO

Que a fs. 5/7 el Departamento Territorial adjunta impresión datos catastrales y planimetría del sector.

Que a fs. 8 el Departamento Planeamiento Urbano informa que el inmueble pertenece a la Zona Industrial 3 (I3), del Código de Planeamiento Urbano  la cual se caracteriza como: "Industrias de cierta magnitud, que no producen altos grados de molestia" y que permite la instalación de depósitos con grados de molestia I, II, III, IV y V, sin restricciones.

Que asimismo deberá cumplir con el requerimiento para carga y descarga, disponiendo de sectores adecuados para que dichas operaciones se cumplan obligatoriamente dentro de la parcela y en forma de no afectar el tránsito en la vía pública, debiendo destinar un espacio para un camión con superficie mínima para carga y descarga de 30 m² (artículo 9.2 del Código de Planeamiento Urbano).

Que el uso solicitado no se encuentra expresamente definido en el Código de Planeamiento Urbano, por lo que esta actividad siempre ha sido analizada en función de su magnitud, tipo de depósito, características de los productos a depositar, movimiento vehicular, etc.

Que el Departamento Control y Fiscalización Ambiental informa a fs. 12 que los interesados solicitaron un Inspección para la factibilidad de un depósito y empresa de Control de Plagas Urbanas, realizada la misma, expresan: "... Se recorre el lugar, que presenta un galpón con un depósito separado, el que tiene una ventilación forzada y las rejillas correspondientes a la ventilación natural.

También tiene baño con ducha, agua caliente y fría, y una entrada de vehículo con cortina metálica.

Dicho galpón está rodeado de otros galpones y terrenos baldíos, y no produciría molestias significativas el trabajo que allí se realizaría.

Todo coincide con lo solicitado en la Ordenanza 7932/14 y su Decreto Reglamentario 566/94 por el que nos regimos."

Que finalmente el Departamento Planeamiento Urbano expresa a fs. 14: "... atento a lo informado por el Departamento de Control y Fiscalización Ambiental a fs. 12 donde se indica que las instalaciones existentes se ajustan a lo reglamentado en el decreto 566/94 y a Ordenanza 7932, normativa que regula a las Empresas de Control de Plagas Urbanas y teniendo en cuenta lo informado a fs. 8 por este Departamento Planeamiento Urbano, donde se indica que el inmueble donde se pretende instalar la actividad pertenece a la zona Industrial 3 del Código de Planeamiento Urbano, zona que admite todo tipo de depósitos sin restricciones, este Departamento no cuenta con objeciones para dar curso a la factibilidad solicitada a fs. 2"

Por todo lo expuesto, la SECRETARIA DE PLANEAMIENTO URBANO, en uso de las facultades que le confiere en el Artículo 182 de la Ley Orgánica de las Municipalidades

RESUELVE

PRIMEROOtorgar factibilidad para desarrollar las actividades "Servicio de desinfección y exterminio de plagas en el ámbito urbano" y "Servicios complementarios para el transporte marítimo" en el inmueble identificado catastralmente como: Circ.: II - Secc.: C - Mz. 244 a - Parc.: 2  - Partida: 205.752, en un todo de acuerdo a  los considerandos de la presente y a los antecedentes obrantes en el expediente Nº 0-9594/2024.-

SEGUNDO: Cúmplase, publíquese, dése al R.O., notifíquese al interesado, tomen nota a sus efectos la Subdirección de Planeamiento Urbano, los Departamentos Planeamiento Urbano, Territorial, Control y Fiscalización Ambiental, Habilitaciones y demás dependencias municipales que correspondan.