Boletines/Salliquelo

Decreto Nº722

Decreto Nº 722

Salliquelo, 20/11/2024

Visto

Que por Decreto Nº 525/24 se fijó el valor de los viáticos del Personal Municipal, y;

Considerando

Que hubo un importante incremento en los insumos que se tienen en cuenta para otorgar viáticos, se hace necesario proceder a fijar nuevos valores de  los mismos, debiéndose dictar la respectiva norma legal;

POR ELLO:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ, en uso de sus atribuciones,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: Fíjense los  valores de  viáticos  del  personal  municipal  a partir del día 1 de Noviembre del año 2024,  por los montos y las formas que a continuación se detallan:

A) PERSONAL SUPERIOR

1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación de comprobantes.

2º)  Por día o fracción, o más de 400 km. recorridos…..................................$  122.304,00

B) PERSONAL JERARQUICO- DIRECTORES

1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación  de comprobantes.

2º) Por día o fracción, o más de 400 km.........................................................$  81.900,00

C) JEFE DE DEPARTAMENTO

1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación  de comprobantes.

2º) Por día o fracción, o más de 400 km.........................................................$  9.998,10

D) PROFESIONAL  TECNICO ADMINISTRATIVO

1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación  de comprobantes.

2º) Por día o fracción, o más de 400 km..........................................................$ 8.713,95 

E) MOTON. EQUP. VIALES, CHOFERES Y TRACTORISTAS

Por todo el día o más de 9 hs. diarias.....................................................................$ 6.696,90

Por medio día  fuera del horario habitual....................................................... $ 5.045,25

(Son de Quenumá a Salliqueló)

F) CHOFER TRANSPORTE DE CARGA

Por todo el día o más de 9 hs. diarias..............................................................$ 6.848,10

Por medio día  fuera del horario habitual........................................................$  4.280,85

G) PERSONAL OBRERO, DE SERVICIO Y/O MAESTRANZA

Por todo el día o más de 9 hs. diarias.................................................................$  1.880,55

Por medio día  fuera del horario habitual...........................................................$  999,60

ARTICULO 2°: Los valores establecidos en el artículo anterior se actualizarán en el mismo porcentaje que el departamento ejecutivo disponga como aumento para los agentes municipales.

ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al Registro Oficial y archívese.

Fdo: Ariel H. Succurro
Intendente Municipal 
Thiago García Blanco
Srio. De Hacienda