Boletines/Salliquelo
Decreto Nº 722
Salliquelo, 20/11/2024
Visto
Que por Decreto Nº 525/24 se fijó el valor de los viáticos del Personal Municipal, y;
Considerando
Que hubo un importante incremento en los insumos que se tienen en cuenta para otorgar viáticos, se hace necesario proceder a fijar nuevos valores de los mismos, debiéndose dictar la respectiva norma legal;
POR ELLO:
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE SALLIQUELÓ, en uso de sus atribuciones,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Fíjense los valores de viáticos del personal municipal a partir del día 1 de Noviembre del año 2024, por los montos y las formas que a continuación se detallan:
A) PERSONAL SUPERIOR
1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación de comprobantes.
2º) Por día o fracción, o más de 400 km. recorridos…..................................$ 122.304,00
B) PERSONAL JERARQUICO- DIRECTORES
1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación de comprobantes.
2º) Por día o fracción, o más de 400 km.........................................................$ 81.900,00
C) JEFE DE DEPARTAMENTO
1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación de comprobantes.
2º) Por día o fracción, o más de 400 km.........................................................$ 9.998,10
D) PROFESIONAL TECNICO ADMINISTRATIVO
1º) Hasta 100 Km. recorridos se abonarán los gastos contra presentación de comprobantes.
2º) Por día o fracción, o más de 400 km..........................................................$ 8.713,95
E) MOTON. EQUP. VIALES, CHOFERES Y TRACTORISTAS
Por todo el día o más de 9 hs. diarias.....................................................................$ 6.696,90
Por medio día fuera del horario habitual....................................................... $ 5.045,25
(Son de Quenumá a Salliqueló)
F) CHOFER TRANSPORTE DE CARGA
Por todo el día o más de 9 hs. diarias..............................................................$ 6.848,10
Por medio día fuera del horario habitual........................................................$ 4.280,85
G) PERSONAL OBRERO, DE SERVICIO Y/O MAESTRANZA
Por todo el día o más de 9 hs. diarias.................................................................$ 1.880,55
Por medio día fuera del horario habitual...........................................................$ 999,60
ARTICULO 2°: Los valores establecidos en el artículo anterior se actualizarán en el mismo porcentaje que el departamento ejecutivo disponga como aumento para los agentes municipales.
ARTICULO 3º: Cúmplase, tomen razón Contaduría y Tesorería, dése al Registro Oficial y archívese.
Fdo: Ariel H. Succurro
Intendente Municipal
Thiago García Blanco
Srio. De Hacienda