Boletines/Chacabuco
Ordenanza Nº 10400
Chacabuco, 27/11/2024
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, el uso de espacio público, para la instalación de dos (2) reductores de velocidad o atenuador en la modalidad correspondiente; y su correcta señalización, en la intersección de la Avenida Alsina continuación, y las calles próximas a la Escuela Primaria Nº 26, contemplando ambos sentidos de circulación y de acuerdo a lo determinado por la Dirección de Transito del Municipio.
ARTÍCULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, a los efectos de acatar el cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal e Inscríbase.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO MIL DOS (N° 1.002), LLEVADA A CABO EN LA ESCUELA DE ACTIVIDADES CULTURALES DE LA LOCALIDAD DE RAWSON, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Expte. Nº 21.122/24