Boletines/Chacabuco

Ordenanza Nº10393

Ordenanza Nº 10393

Chacabuco, 27/11/2024

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Convalídese el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco y el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, a través del cual el Municipio recibe en concepto de subsidio, hasta la suma de PESOS trescientos cincuenta y nueve millones seiscientos veintiún mil cuarenta y tres con diecinueve centavos ($359.621.043,19) destinada a financiar la ejecución del proyecto de obra municipal “Alumbrado Público en el Partido de Chacabuco”, que se encuentra vinculado en el expediente EX-2024-330011358-GDEBA-DGALMIYSPGP y que se regirá en todo por lo dispuesto por el DECRETO Nº 124/23 y la RESO-2023-1114-GDEBA-MIYSPGP.

ARTICULO 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a afectar fondos en futuros ejercicios.

 

ARTÍCULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal, inscríbase y archívese.

 

DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO MIL DOS (N° 1.002), LLEVADA A CABO EN LA ESCUELA DE ACTIVIDADES CULTURALES DE LA LOCALIDAD DE RAWSON, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-

Expediente Nº 21.185/24.