Boletines/Chacabuco
Ordenanza Nº 10386
Chacabuco, 27/11/2024
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN USO DE SUS FACULTADES Y ATRIBUCIONES, ACUERDA Y SANCIONA: la siguiente
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º: Autorizase a la “Subsecretaria de Cultura y DDHH”, y en su representación, Profesora Julieta Pederzoli, DNI 25.817.778 el Uso del Espacio Público y corte vehicular en los días y horarios que a continuación se detallan:
Artículo 2º: Autorizase al solicitante a instalar equipos de sonido, escenario, carpas, sillas, mesas, gazebos, foodtruck, juegos varios, etc.
Artículo 3º: Los solicitantes serán responsables por accidentes u otros inconvenientes que pudieran surgir durante el desarrollo de la actividad.
Artículo 4º: Las erogaciones resultantes para la organización de la actividad serán afrontadas, única y exclusivamente por los solicitantes.
ARTICULO 5º: En caso de que los peticionantes utilicen equipos reproductores de música y/o video, o cualquier otro medio de reproducción audiovisual, deberá adjuntar, en tiempo y forma, el comprobante de pago correspondientes a los Derechos de Autor, exigidos por SADAIC, de acuerdo a lo requerido por el ARTICULO 4º bis, de la ordenanza Nº 6.541/15.
ARTÍCULO 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a fin de dar cumplimiento a las normas vigentes respecto a la utilización de Espacios Públicos.
DADO: EN LA SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE CHACABUCO, EN EL MARCO DE LA SESIÓN ORDINARIA Y PÚBLICA NUMERO MIL DOS (N° 1.002), LLEVADA A CABO EN LA ESCUELA DE ACTIVIDADES CULTURALES DE LA LOCALIDAD DE RAWSON, A LOS VEINTISIETE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTICUATRO.-
Expediente Nº 21.155/24