Boletines/Chacabuco
Decreto Nº 1924
Chacabuco, 22/11/2024
PROMULGANDO UNA ORDENANZA MUNICIPAL
Visto
la sanción de la Ordenanza Nº 10.365/24 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
Considerando
la sanción de la Ordenanza Nº 10.365/24 por parte del Honorable Concejo Deliberante y de conformidad con las facultades conferidas por el artículo 108º inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades;
POR ELLO,
EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO
DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 10.365/24 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, por la cual se convalida el Contrato de locación celebrado entre la Municipalidad de Chacabuco, representada por el Sr. Intendente Rubén Darío Golia, D.N.I. N° 22.575.124 y el Sr. Pedro Dentella D.N.I. N° 39.110967, por el alquiler del inmueble ubicado en calle San Juan N° 167 de la ciudad de Chacabuco, ara el uso y funcionamiento exclusivo de la Subsecretaría de Seguridad de la Municipalidad de Chacabuco, por el plazo de seis años, a partir del 1 de septiembre de 2.024, hasta el día 31 de agosto del año 2.030.
ARTÍCULO 2º: Autorízase la afectación de fondos en futuros ejercicios.
ARTÍCULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno de la Comuna.
ARTÍCULO 4º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y archívese.
Chacabuco, 22 de noviembre de 2.024.-