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Decreto Nº1843

Decreto Nº 1843

Chacabuco, 12/11/2024

 

OTORGANDO UN SUBSIDIO A LA “SOCIEDAD DE FOMENTO BERNARDINO RIVADAVIA”.-

Visto

la solicitud presentada por la comisión de la Sociedad de Fomento Bernardino Rivadavia  de nuestra ciudad, en el sentido de obtener una ayuda financiera no reintegrable para solventar los gastos de mantenimiento de la institución (gas, luz y varios); Y

Considerando

Viable lo peticionado;

POR ELLO,

EL INTENDENTE DEL PARTIDO DE CHACABUCO

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Otorgar a la Comisión de la Sociedad de Fomento Bernardino Rivadavia  de nuestra ciudad, un subsidio por la suma de PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA CON 98/100 ( $271.990,98), que será destinado a solventar los gastos de mantenimiento de la institución (gas, luz y varios).

 

ARTÍCULO 2º: El gasto que demande el cumplimiento de lo establecido en el artículo  anterior, será imputado por Contaduría Municipal a la partida del RAFAM correspondiente.

 

ARTÍCULO 3º: La beneficiaria deberá rendir cuenta en  forma y plazo legal del  destino   de los fondos recibidos.

 

ARTÍCULO 4º: El presente decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno   de la Comuna.

 

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, dése al Registro Oficial y Archívese.

 

Chacabuco, 12 de noviembre de 2.024.-