Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº1630

Resolución Nº 1630

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 10/10/2024

Visto las presentes actuaciones, referidas la solicitud presentada a fojas 2 por Hugo SALVUCCI, DNI 10.618.993, en carácter de Socio de HUSAL CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A., CUIT 30-70880407-6, solicitando la eximición de los Derechos de Construcción, y;

CONSIDERANDO:

Que de fojas 5 a 19 del expediente N° 0-9267/2022 obra copia fiel de Actuación Notarial N°416, en la cual consta la constitución y estatuto social de la firma HUSAL CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A.;

Que de fojas 39 a 41 del expediente N° 0-9267/2022 obra Acta de Permiso de Uso Precario y Condicionado entre el Municipio de Bahía Blanca y HUSAL CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A., a fojas 42 obra Decreto N° 482/2023 de fecha 24 de febrero de 2023 y a fojas 45 obra Ordenanza N° 21.160, mediante los cuales se aprobó y se convalidó el mencionado Acta;

Que a fojas 3 del expediente de referencia, Registro y Permisos de Obra informa que los derechos de construcción correspondientes al expediente N° Digi-484/2023 ascienden al día 13/03/2024 a $1.270.701;

Que a fojas 6 del expediente el Departamento de Catastro, informa que el inmueble identificado catastralemente como: Circ.:II - Secc.: D - Mz.: 385 y - Parcela:5 - Partida de oficio 555994, esta ubicado en el Parque Industrial de Bahía Blanca;

Que a fojas 26 del expediente de referencia, la oficina Promoción Industrial manifiesta que la empresa  HUSAL CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A. se encuetra en condiciones de ser eximida de los Derechos de Construcción y de la Tasa por Habilitación de Comercios e Industrial;

Que el Articulo Nº 6 de la Ordenanza Nº 20.518 establece: "En el caso de los agrupamientos de empresas públicos o mixtos, la eximición del pago por los Derechos de Construcción se otorgará; en el caso el Parque Industrial de Bahía Blanca, en forma conjunta con el Acta de Permiso de Uso Precario y Condicionado, o aquel instrumento que en el futuro  lo reemplace; y en el caso de Parques o Sectores Planificados, con el instrumento legal que acredite la propiedad o tenencia del titular.";

Por lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades;

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º: Eximase a la firma HUSAL CONSTRUCCIONES Y SERVICIOS S.A., CUIT 30-70880407-6, del pago de los Derechos de Construcción cargados en expediente Digi-484/2023, correspondientes a las Partida Nº 555994, en un todo de acuerdo a la Ordenanza Nº 20.518 y Decreto Reglamentario Nº 1045/2022 y a los considerandos de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º: Cúmplase, notifiquese, desé al Registro Oficial, tome nota Departamento de Recaudación, Promoción Industrial. Hecho: ARCHIVESE.-