Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 229
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 03/12/2024
VISTO lo solicitado a fs. 14 por el Director de la Agencia de Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo, en relación al reemplazo de la Agente MEDRANO CARMODY Josefina, Legajo N° 13046, por la Agente SESTAN Anabella, Legajo N° 15836, en virtud del uso de licencia anual; y
CONSIDERANDO:
Que la Agente Josefina MEDRANO CARMODY, Legajo N° 13046, se encuentra encomendada en la Función Jerárquica como Subdirectora de la Agencia de Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo.-
Que la mencionada agente hará uso de su licencia anual, desde el día 25 de noviembre hasta el 6 de diciembre de 2024; y, teniendo en cuenta el informe de la Subdirección de Capital Humano a fs. 15, y la imputación de la Subdirección de Presupuesto y Contaduría General a fs. 15 vta., el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,
RESUELVE
ARTICULO 1º)- Dar por encomendada la función jerárquica de Subdirectora en la Agencia de Innovación, Desarrollo Productivo y Urbanismo, a la agente Anabella SESTAN, Legajo N° 15836, dependiente de la Subsecretaría de Desarrollo Productivo ( Oficina N° 101), quien reviste en categoría 3/4A, con una carga horaria semanal de treinta (30) horas, abonándosele la diferencia entre su categoría de revista actual y la categoría 2/1A.01 y la Bonificación Remunerativa por Función Jerárquica, tal lo establecido en el Artículo 1° del Decreto 550/2023, modificatorio del 1400/09, y en virtud de las tareas encomendadas y de acuerdo a lo establecido en el Artículo N° 275 de la Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, manteniendo su jornada horaria semanal, y la categoría efectiva, a partir del día 25 de noviembre y hasta el 6 de diciembre de 2024.-
ARTICULO 2º)- Déjase constancia que durante ese período de tiempo y tal lo establecido en el Artículo N° 2 de la Resolución 201/2024, a la agente Josefina MEDRANO CARMODY, Legajo N° 13046, no se le abonará la diferencia de categoría y la Bonificación Remunerativa por Función Jerárquica.-
ARTICULO 3°)- El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse a la Fuente 110, Jurisdicción 1110124000, Actividad Programática 01.01.00, Gasto 1.1.1.3 Y 1.1.3.3.-
ARTICULO 4º)- Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Administración del Personal, Subdirección de Capital Humano, Subdirección de Presupuesto, Contaduría General; dése al Registro Oficial; cumplido: RESÉRVESE.-