Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2107
Brandsen, 21/11/2024
Visto
Visto la nota presentada por la Secretaría de Desarrollo Social, y;
Considerando
Que en atención a la “1º marcha del orgullo” organizada desde la Dirección de Abordaje de Políticas de Género, perteneciente a la Secretaria de Desarrollo Social, a realizarse el día 14 de diciembre del presente año, a las 17:00hs. en la plaza Brandsen, se solicita la autorización para solventar los gastos que conlleven la realización del mismo;
Que la marcha del orgullo constituye una manifestación pacífica y festiva que visibiliza y celebra la diversidad de la comunidad LGBTIQ+. Este evento se erige como un espacio de encuentro y reivindicación de derechos, donde se honra la historia de lucha y se promueve la construcción de una sociedad más justa e inclusiva;
Que quienes participan de esta marcha se unen para desafiar los estereotipos y prejuicios que históricamente han marginado a la comunidad LGBTIQ+. A través de la expresión artística, la música y la danza, se celebra la identidad y se reivindica el derecho a vivir con dignidad y respeto;
Que a su vez, se busca un llamado a la acción. Se exige la igualdad de derechos en todos los ámbitos de la vida y se rechaza cualquier forma de discriminación basada en la orientación sexual o la identidad de género. Se busca concientizar a la sociedad sobre la importancia de la diversidad y fomentar la tolerancia y el respeto hacia todas las personas;
Que en este contexto, la marcha del orgullo se posiciona como un evento de gran relevancia social, que contribuye a fortalecer los lazos comunitarios y a construir un futuro más equitativo para todas y todos;
Que por lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo correspondiente;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.- Autorizase los gastos que conlleven la “1º marcha del orgullo” a realizarse el día 14 de diciembre del presente año, a las 17:00hs. en la plaza Brandsen, organizado por la Dirección de Abordaje de Políticas de Género, perteneciente a la Secretaria de Desarrollo Social.-
ARTÍCULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado con cargo a: Jurisdicción: 111.000 Secretaría de Desarrollo Social - Categoría Programática: 01.00 - Fuente de Financiamiento: 110.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por la Secretaría de Gobierno, Economía, Hacienda y Administración y de Desarrollo Social. -
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese. -