Boletines/Brandsen
Decreto Nº 2037
Brandsen, 07/11/2024
Visto
Visto el expediente Nº 4015-35.998/24, mediante el cual el Sr. González Daniel Antonio, D.N.I: 13.641.740, solicita la eximición del pago del impuesto automotor correspondiente al Dominio MYI-691, y;
Considerando
Que a fs. 3 obra el certificado de discapacidad (Ley 22.431) expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires;
Que a fs. 8 se expide la jefa del Departamento de Descentralización Tributaria: “Habiéndose cumplido el Sr. GONZÁLEZ DANIEL ANTONIO con la documentación requerida y teniendo en cuenta su situación, elevo a usted el mismo a los efectos de que evalúe si corresponde la condonación solicitada. Una vez otorgada, pase a la dirección de Despacho y Digesto a los efectos de proceder al dictado del correspondiente acto administrativo, debido a que cumplió con lo solicitado para el trámite de eximición 2024 de Patentes Automotor, según normativa vigente y Art. 243 Inc. F del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires. Firmado: Daluisia María Noelia, Jefe de Departamento Descentralización Tributaria. Municipalidad de Brandsen, 26 de agosto de 2024.”;
Que a fs. 10 se adjunta la encuesta socio-económica del solicitante;
Que a fs. 12 se expide el Subdirector de Asuntos Legales: “Sra. Directora de Despacho y Digesto: Vienen las presentes actuaciones a esta Subsecretaría a fin de emitir opinión sobre la petición del Sr. DANIEL ANTONIO GONZALEZ sobre condonación y eximición del impuesto automotor Dominio MYI -691. A fs. 8 la Sra. Jefe de Depto. De Descentralización Tributaria presta conformidad e informa que se cumplieron los requisitos para la eximición del impuesto automotor DOMINIO MYI-691. Con respecto a la deuda 2019/2023, habiéndose agregado la encuesta socio-económica sugiriendo el beneficio de la condonación, considero viable que, en los términos de los últimos 4 párrafos del art. 95 de la Ord. Fiscal vigente, de estar de acuerdo el D.E., podría condonar los períodos del impuesto automotor correspondiente a dichos años y eximir del mismo por el período 2024. Fdo: Luis Mariano Cowen, SUB-DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES, 6 de noviembre de 2024.”
Que el artículo 243º Inc. f del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, dispone que están exentos de este impuesto “...los vehículos nuevos o usados, destinados al uso exclusivo de personas que padezcan una discapacidad tal que les dificulte su movilidad, impidiéndoles o entorpeciéndoles severamente el uso de transporte colectivo de pasajeros, y que para su integración laboral, educacional, social o de salud y recreativa requieran la utilización de un automotor.”;
Que en razón de lo actuado se considera de estricta justicia hacer uso de la facultad conferida por la citada norma y conceder la eximición solicitada;
POR ELLO
El Intendente Municipal de Brandsen decreta
ARTÍCULO 1º.- Condónese al Sr. González Daniel Antonio, D.N.I: 13.641.740, del impuesto automotor correspondiente al Dominio MYI-691, por el ejercicio 2023, en virtud de acogerse a lo establecido por el artículo 243º Inc. f del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires.–
ARTÍCULO 2º.- Exímase al Sr. González Daniel Antonio, D.N.I: 13.641.740, del impuesto automotor correspondiente al Dominio MYI-691, a las cuotas adeudadas por el ejercicio 2024, en virtud de acogerse a lo establecido por el artículo 243º Inc. f Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires. –
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por las Secretarías de Gobierno y de Economía, Hacienda y Administración. -
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese a quien corresponda, dese al Registro Oficial y cumplido, archívese.-