Boletines/Tandil
Decreto Nº 3737/2024
Tandil, 17/12/2024
Visto
La solicitud de ampliación de designación y el posterior pase a Planta Permanente del trabajador Mariano Romero - Legajo 11.704, quien se encuentra designada por la reubicación trabajador Carlos Adrián Sánchez - Legajo 11.646.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Que se encuentra designado desde el 1º de diciembre de 2023, venciendo su última designación por Decreto Nro. 2464/24 el pasado 27 de octubre de 2024.
Que el trabajador cumplió un año de desempeño el 1º de diciembre de 2024, que ha dado cumplimiento a los requisitos de admisibilidad e ingreso que establece el Convenio Colectivo de Trabajo 09/19, como así también el Pre- ocupacional con resultado "Apto".
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíase la designación del trabajador Mariano Romero - Legajo 11.704 como Personal Obrero - mantenimiento, en la categoría 1 - 48 horas semanales de la Planta Temporaria en carácter de mensualizado, cumpliendo tareas en el Hospital "Ramón Santamarina” del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo abonarse la Bonificación por Tareas Especiales - Concepto 45 (20% de su básico), a partir del 28 de octubre de 2024 y hasta el 30 de noviembre de 2024, inclusive.
Artículo 2°: Incorpórase al trabajador Mariano Romero - Legajo 11.704, a la planta permanente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado a partir del 1º de diciembre de 2024, conforme a lo establecido en el Art. 25) inciso b) y 19 del CCT 9/19.
Artículo 3°: Se deja establecido que el trabajador Mariano Romero - Legajo 11.704 se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, deberá cumplir funciones en turnos continuos rotativos, mañana, tarde o noche, en días hábiles, sábados, domingo y/o feriados, debiendo tener disponibilidad laboral en turnos y días que el capataz de mantenimiento le solicite realizar.
Artículo 4°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática, .17.00.00 Hospital Ramón Santamarina, 17.01.00 Administración y Conducción, 110 Tesoro Municipal, 1.0.0.0 Gastos en Personal, 1.1.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.1.1.7 Personal Obrero, 1.1.3.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.1.3.1 Por Antigüedad, 1.1.3.2 Por Extensión Horaria, 1.1.3.3. Liquidación Obra Social, 1.1.5.0 Otros Gastos en Personal, 1.1.5.7 Bonificación Especial, 1.1.7.0 Complementos, 1.1.7.1 Por Presentismo, 1..1.7.8 Bonificación por Tareas Especiales del Presupuesto Vigente.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, Departamentos de Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y vuelva a Recursos Humanos para su archivo.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia