Boletines/Coronel Suárez
Decreto Nº 2912/2024
Coronel Suárez, 28/11/2024
Visto
los autos Caratulado: “LUKE JORGE EDUARDO y otros C/ MUNICIPALIDAD DE CORONEL SUAREZ y otros S/ daños y perjuicios” Expte. Nº. 93971, de trámite por ante el Juzgado Civil y Comercial Nº 6 de la Ciudad de Bahia Blanca, y
Considerando
Que del informe producido por la Subsecretaria Legal y Técnica de la Comuna, y la documentación acompañada que corre agregada al presente Decreto, se desprende que con fecha 22.11.2024 se ha aprobado la liquidación de los honorarios profesionales de los Letrados Apoderados de la parte actora en el juicio de la referencia, los cuales se encuentran a cargo en un 50% de la Municipalidad de Coronel Suarez y otro 50% a cargo de la Dra. Maria Fernanda Crosato, ambos solidariamente condenados en costas en sentencia que se adjunta, dejando aclarado que teniendo en cuenta el lapso de tiempo transcurrido, tratándose de un juicio iniciado con fecha 07.01.2004, por su parte el Dr. Alberto Irineo Anasagasti se encuentra fallecido y la empresa citada en garantía “LA ECONOMIA COMERCIAL S.A de SEGUROS GENERALES” ha quebrado.
Que a los montos de honorarios se les debe adicionar aportes previsionales (10%) mas IVA en caso de corresponder.
Que así las cosas, el 50% del monto que debe depositar la Comuna es de PESOS UN MILLON CIENTO SESENTA Y TRES MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 30/100 ($1.163.054,30) los que serán imputados de la siguiente manera.
1.- Honorarios Dra. Hilda Selva Vázquez: $400.949,515 + 10% 40.094,95 = $ 441.044,47.-
2.- Honorarios Dra. Alicia Laura Pompei: $ 501.186,88 + 10% 50.118,69 = $ 551.305,57.-
3.- Enrique Pablo Fortunato: $ 130.308,59 + 10% 13.030,86 + IVA 27.364,81 = 170.704,26.- Se adjunta constancia de IVA inscripto.
Que la cuenta judicial donde deben depositarse los montos es la N° 568346/3, el n° de CBU es 0140437527620656834638 y el CUIT es 30-70721665-0.
Por ello, el Intendente Municipal del Partido, en uso de sus atribuciones-
D E C R E T A
ART.1º: Autorizase a la Contaduria Municipal a depositar en la cuenta - - - - judicial N° 568346/3, CBU Nº 0140437527620656834638, CUIT Nº 30-70721665-0, la suma de PESOS UN MILLON CIENTO SESENTA Y TRES MIL CINCUENTA Y CUATRO CON 30/100 ($1.163.054,30), en concepto del 50% de honorarios profesionales de la parte actora.-
ART.2º: Oportunamente la Asesoria Legal deberá acreditar el pago del 50% - - - -restante por parte de la Dra. Crosato, a los fines de certificar que la Comuna ha quedado indemne en relación al pago de los honorarios de los letrados apoderados de la parte actora.-
ART. 3º: La erogación de referencia será imputada a Subjurisdiccion: - - - - 1110105000- Cat. Programática 51.01.00 –Obj. del Gasto 3.4.3.0
ART.4º: Comuníquese a la Contaduría Municipal, Tesorería y Subsecretaria - - - - Legal y Técnica. - –
ART.5º: De forma.-
DECRETO Nº 2912