Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº964/2024

Decreto Nº 964/2024

Adolfo Gonzales Chaves, 28/10/2024

Visto

El Expediente 4055-2-2024, mediante el cual se tramitan Ayudas Económicas Para Pago de Servicios a Personas Carenciadas; y

Considerando

La necesidad de dar respuesta concreta a las carencias emergentes de la situación por la que atraviesan las familias en estado de vulnerabilidad social;

Lo solicitado por la referente de Igualdad Social en De La Garma a fojas 76 y por la Directora de Igualdad Social a fojas 80;

Las Encuestas Socioeconómicas de fojas 79 y 83;

Que Contaduría Municipal informó partida presupuestaria donde se imputarán los gastos tramitados en el presente Expediente, durante el ejercicio 2024;

Por ello;

la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar una ayuda económica a las personas que a continuación se detallan, para abonar servicios de la vivienda que habitan:

  • pesos ciento treinta y nueve mil doscientos veinticuatro con 69/100 ($139.224,69) a Daiana Vanesa Luna, DNI Nº 33.596.076;

  • pesos trescientos noventa y cuatro mil cuatrocientos ($394.400) a Valeria Soledad Pereira, DNI Nº 28.144.068.- El pago deberá efectivizarse al CBU Nº 0110103030010306112629.-

 

ARTÍCULO 2º.- El gasto mencionado se imputará con cargo a las siguientes partidas del Presupuesto de Gastos vigente, según corresponda:

Jurisdicción 1110101000 Unidad Intendente

Programa 16.00.00: Delegación De La Garma

Actividad 06: Acción Social de La Garma

Fuente de Financiamiento 110: Tesoro Municipal

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.4.0 Ayudas sociales a personas

5.1.4.1 Ayudas sociales a personas

 

Jurisdicción 1110136000 Secretaría de Gobierno

Programa 24.01.00: Administración de la Dirección de Igualdad Social

Fuente de Financiamiento 110: de origen municipal

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.4.1 Ayudas sociales a personas

 

ARTÍCULO 3º.-Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Igualdad Social.-

 

ARTÍCULO 4º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-