Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº920/2024

Decreto Nº 920/2024

Adolfo Gonzales Chaves, 14/10/2024

Visto

El Expediente 4055-28-2024, Cuerpo II, mediante el cual se tramitan Ayudas Económicas para Diversos Gastos de Salud;

Considerando

Las solicitudes de fojas 371 y 372;

Que las ayudas económicas tramitadas en el presente Decreto es continuidad de lo autorizado en el Acta Nº 22 de la Comisión de Emergencia de Salud, obrante a fojas 368/369;

Por ello;

la INTENDENTA MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTÍCULO 1º.- Otorgar a CINTIA BELEN SABELLA, DNI Nº 35.411.548, la suma de pesos doscientos mil ($200.000), destinada a abonar gastos de alojamiento en la ciudad de Buenos Aires y traslado desde esa ciudad hasta Adolfo Gonzales Chaves para ella y su acompañante.- El viaje fue realizado para evaluación médica en el Hospital Oftalmológico Santa Lucía de esa ciudad, donde se le indicó realizar pre-quirúrgicos para una cirugía ocular que se realizará el día 1 de noviembre próximo.- El pago deberá efectivizarse mediante depósito bancario a la Caja de Ahorros Nº 63585091772, CBU Nº 0140361703635850917728.-

 

ARTÍCULO 2º.- Otorgar a CINTIA BELEN SABELLA, DNI Nº 35.411.548, la suma de pesos seiscientos un mil doscientos cincuenta ($601.250), destinada a abonar gastos derivados de una cirugía ocular que le realizarán en el Hospital Oftalmológico Santa Lucía de la ciudad de Buenos Aires.- El pago deberá efectivizarse mediante depósito bancario de la siguiente manera: a) pesos ciento veinte mil ($120.000) a “Optica Lumen S.R.L.” al CBU Nº 0070153820000005116913, Alias mozo.morado.grosor; y b) pesos cuatrocientos ochenta y un mil doscientos cincuenta ($481.250) a “Ocular S.R.L.” al CBU Nº 0070027620000009089482, Alias ocular.srl.

 

ARTÍCULO 3º.- El gasto tramitado por el presente Expediente, se imputará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

 

Jurisdicción 1110134000 - Secretaría de Salud

Programa 35.00: Dirección de Salud

Actividad 01: Fondo Especial Emergencias de Salud

Fuente de financiamiento 131: De origen municipal

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.4.0 Ayudas sociales a personas

5.1.4.2 Ayudas para gastos de Salud

 

ARTÍCULO 4º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Comisión de Emergencia de Salud.-

 

ARTÍCULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-