Boletines/Magdalena
Decreto Nº 525
Magdalena, 22/04/2024
Visto
El art. 4° de la Ordenanza N° 4177/23, de Presupuesto General para el ejercicio 2024, sancionada con fecha 29/12/23 y promulgada mediante el Decreto N° 19/24 del 03 de Enero de 2024; y
Considerando
Que el mencionado artículo faculta al Departamento Ejecutivo a disponer transferencias de créditos presupuestarios para reforzar conceptos preexistentes o crear nuevos, entre los conceptos de una Jurisdicción, Programa, Actividad Programática ó Proyecto distintos, correspondientes al Presupuesto de Gastos del presente Ejercicio;
Que se cree conveniente, con el fin de lograr una mayor prolijidad en la ejecución del Presupuesto dotar de crédito adicional a las Partidas que representan excedidas o con créditos insuficientes;
Que el citado artículo permite financiar las creaciones, ampliaciones o modificaciones de partidas del Presupuesto de Gastos mediante transferencias de economías existentes en las restantes partidas de libre afectación;
Que es necesario efectuar las adecuaciones y correcciones pertinentes, las cuales tienen un fin exclusivamente de regularización presupuestaria, no implicando ello modificación alguna en el monto total del Presupuesto.
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA en uso de sus atribuciones sanciona el siguiente:
DECRETO
ARTICULO 1º: Transfiéranse a las Partidas Presupuestarias correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) créditos por un monto total de PESOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO SETENTA MIL CON 00/100 ($31.170.000,00), de acuerdo al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos obrantes en la planilla de RAFAM adjunta, la que forma parte indivisible del presente.
ARTICULO 2º: Los créditos transferidos y asignados de acuerdo al artículo precedente, serán tomados de las Partidas correspondientes al DEPARTAMENTO EJECUTIVO (1110100000) por PESOS TREINTA Y UN MILLONES CIENTO SETENTA MIL CON 00/100 ($31.170.000,00), conforme al detalle de Jurisdicciones, Programas, Partidas y montos que se señalan en la planilla citada en el artículo anterior.
ARTICULO 3º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Hacienda a cargo de la Secretaría de Hacienda de la Municipalidad de Magdalena.
ARTICULO 4º: Comuníquese al Honorable Concejo Deliberante dentro de los diez días contados a partir de la fecha, en cumplimiento del artículo 4º inc. d) de la Ordenanza Nº 4177/23.-
ARTICULO 5º: Comuníquese, tomen nota las oficinas correspondientes, dése al Registro Municipal y archívese.-
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Cr. ANDRES GARCIA
Secretario de Hacienda
R.A.F.A.M.
MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS
Presupuesto:
22/04/2024 11:41
Hoja: 1 de 1
2024
Documento Respaldatorio: Decreto 525/2024 Fecha Movimiento: 22/04/2024
GASTOS
Estructura Programática
Fuente
de
Financiamiento
Imputación Importe
1110108000 - 26.07.00 - Desarrollo Local y Comunicación 110 - Tesoro Municipal 4.3.6.0 - Equipo para computación 1.170.000,00
1110108000 - 26.07.00 - Desarrollo Local y Comunicación 110 - Tesoro Municipal 3.6.1.0 - Publicidad 30.000.000,00
1110108000 - 26.07.00 - Desarrollo Local y Comunicación 110 - Tesoro Municipal 4.8.1.0 - Programas de computación -1.170.000,00
1110103000 - 30.00.00 - Actividades Culturales 110 - Tesoro Municipal 3.6.1.0 - Publicidad -30.000.000,00
Total Gastos: 0,00