Boletines/Magdalena
Decreto Nº 471
Magdalena, 11/04/2024
Visto
Las actuaciones del expediente electrónico número 786/24 mediante las cuales se solicita la baja del comercio habilitado a nombre de NOSTRO ANDREA FABIANA – CUIT 27-21644454-5, Legajo Municipal Nº 63067, habilitado con el rubro FORRAJERIA Y DEPOSITO DE MERCADERIA, otorgado mediante Decreto n°746/23 de fecha 02 de junio de 2023, ubicado en calle Ituzaingo esquina H. Yrigoyen de la ciudad de Magdalena, en virtud de haber cesado sus actividades el día 28 de febrero de 2024; y
Considerando
Las intervenciones e informes al respecto de las distintas dependencias municipales que aconsejan hacer lugar a lo solicitado, en virtud de haberse cumplimentado los requisitos establecidos en la normativa vigente.
Por todo ello
el INTENDENTE MUNICIPAL DE MAGDALENA, en uso de sus atribuciones
DECRETA
Artículo 1º: Autorizar y registrar con retroactividad al día 28-02-2024, por los motivos expuestos en el exordio, la BAJA municipal del comercio cuya actividad es FORRAJERIA Y DEPOSITO DE MERCADERIA, (Código de actividad: 62.900-03; 72.000-01), propiedad de NOSTRO ANDREA FABIANA – CUIT 27-21644454-5, Legajo Municipal Nº 63067 sito en el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción I; Sección A, Manzana 91, Parcela 3N, Partida Inmobiliaria Nº 18.202 ubicado en calle Ituzaingo esquina H. Yrigoyen de la ciudad de Magdalena.
Artículo 2º: El presente Decreto será refrendada por la Secretaria de Gobierno de la Municipalidad de Magdalena.
Artículo 3º: Comuníquese a quienes corresponda, tomen nota las Oficinas pertinentes, dese al Registro Municipal y Archívese.
Fdo.
LISANDRO HOURCADE
Intendente Municipal
Fdo.
Dra. Greta López Dorao
Secretaria de Gobierno