Boletines/Trenque Lauquen

Decreto Nº2498/2024

Decreto Nº 2498/2024

Trenque Lauquen, 30/08/2024

2498-24 Prescripción Liberatoria CORRAL COSTOYA Jorge

Visto

El Expediente Administrativo Nº 1691/2024, y            

Considerando

Que el mismo se inicia a partir de la nota presentada por el Sr. Jorge A. Corral Costoya, mediante el cual se solicita la prescripción por el paso del tiempo de los períodos que correspondan al inmueble partida Nº 6483.

Que la Ley Nº 13.536 dispuso que los Municipios de la Provincia de Buenos Aires podrán disponer, conforme las competencias constitucional y legalmente asignadas a los Departamentos que los integran, la condonación de las deudas que mantengan los contribuyentes por obligaciones tributarias municipales, multas y accesorios, cuyas acciones de cobro se encuentren prescriptas a la fecha de entrada en vigencia de dicha Ley.

Que, asimismo, sobre el particular se ha expedido la Dirección de Asuntos Legales y Contaduría de esta Municipalidad manifestando que corresponde estar a las disposiciones del art. 278  (Texto según Ley 12.076) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, en cuanto establece que "las deudas de los contribuyentes que hubieren incurrido en mora en el pago de impuestos, tasas y cualquier otra especie de contribuciones adeudadas a la Municipalidad, prescriben a los cinco (5) años de la fecha en que debieron pagarse”.

Que, la Dirección de Asuntos Legales solicitó informe a la Oficina de Cobro Extrajudicial si existen planes de pago vigentes, que pudieran interrumpir la prescripción solicitada. No obstante, al requerir el mismo, se observa que en el 22/5/2023 se suscribió convenio reconociendo deuda a partir del período 3/2020, los cuales no son posibles de prescribir y, a su vez, que resultan coincidentes con la fecha en que el requirente tomó posesión del inmueble. Asimismo, de los registros internos no surgen intimaciones formales realizadas al respecto.

Que, en las condiciones expuestas, la deuda correspondiente a los períodos previos a 31/12/2018 conforme lo requerido, han dejado de ser legalmente exigibles (Normativa aplicable a la materia: conf. art. 278 del Decreto-Ley nº 6769/58 -incorporado por Ley Nº 12.076; art. 2560 y cctes.  CCyC).-

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:

ARTICULO 1°: Declarar la prescripción liberatoria de la deuda del inmueble Partida Nº 6483, respecto de los períodos acaecidos con anterioridad al día 31/12/2018 conforme lo requerido.

ARTICULO 2°: Comuníquese a Contaduría y, por su intermedio, a la Oficina de Cobros Extrajudiciales; regístrese y archívese. - 

Cdor. Alfredo L. Zambiasio
Secretaria de Hacienda
Municipalidad de Trenque Lauquen 
         
Francisco Recoulat
Intendente 
Municipal de Trenque Lauquen