Boletines/Trenque Lauquen
Decreto Nº 2290/2024
Trenque Lauquen, 14/08/2024
2290-24 Declara Prescripción Administrativa a favor MTL Ptda. 5927 -Club Deportivo Argentino 30 Agosto
Visto
Que la Ley 24.320, modificatoria de la 21.477, regula una de las formas de adquisición de dominio por parte del Estado Provincial y Municipal: la Prescripción Adquisitiva, y;
Considerando
Que resulta necesario regularizar la situación dominial del inmueble designado catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección B, Quinta 66, Parcela 2 A, Partida 5927 inscripto en la Matrícula 18570, ubicado en la Localidad de 30 de Agosto Partido de Trenque Lauquen;
Que a través de Ordenanza Nº 4803/2018 la Municipalidad de Trenque Lauquen aceptó la Cesión de Derechos y Acciones Posesorias efectuada por el Club Deportivo Argentino de 30 de Agosto, el cual, se encuentra en posesión pública pacífica y continua del inmueble descripto desde hace más de 30 de años, sin mediar hasta la fecha oposición alguna de persona con mejor derecho;
Que el Municipio, una vez que se opere la inscripción del dominio, mediante el mecanismo de la Ley Nº 21477, modificada por la Ley 24320, transferirá el inmueble a favor del Club Deportivo Argentino, de manera gratuita, gestionándose la Escritura Traslativa de Dominio por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires;
Que desde la Municipalidad de Trenque Lauquen, al encontrarse fallecidos los titulares Dominiales del inmueble, intentó localizar a los herederos de los titulares, sin tener resultado favorable;
Que se realizaron a tales efectos estudios de título y consultas a distintos organismos para lograr ese objetivo, sin lograr localizar heredero alguno, efectuándose la correspondiente publicación edictal en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y en Diario Local “La Opinión;”
Que, asimismo, obra agregado a las presentes actuaciones un informe de la Dirección de Obra Públicas del Ente Descentralizado de 30 de Agosto, organismo técnico con incumbencia en la materia, que informa sobre la posesión que detenta el Club, el destino de las construcciones existentes en el predio y data de las mismas;
Que a fs. 102 se agrega plano de prescripción Nº 107-015-2019, aprobado por la Dirección de Catastro Provincial;
Que de los diversos actos realizados por el Club Deportivo Argentino y la documentación agregada por la Municipalidad de Trenque Lauquen a las presentes actuaciones, se acredita que, por el plazo de más de treinta años ininterrumpidos el Club ha poseído el inmueble con ánimo de dueño y sin ser perturbado en dicha posesión, por lo que, debe considerarse por cumplido el plazo exigido por el art. 1899 del Código Civil y Comercial;
Que la ley 24320 modificatoria de la ley 24177, en su artículo 2º autoriza a la Municipalidad a declarar adquiridos por prescripción los bienes que se encuentren en posesión por el período indicado;
Que dicha declaración corresponde al Departamento Ejecutivo Municipal (L.O.M art. 107, 108, inc. 11);
Que la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se encuentra facultada para llevar a cabo los actos notariales idóneos al respecto;
Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE TRENQUE LAUQUEN DECRETA:
ARTÍCULO 1º: Declárase adquirido por la Municipalidad de Trenque Lauquen el inmueble designado catastralmente como: Circunscripción XIII, Sección B, Quinta 66, Parcela 2 A, Partida 5927 inscripto en la Matrícula 18570, ubicado en la Localidad de 30 de Agosto, Partido de Trenque Lauquen, con sus respectivas medidas, superficie y linderos, según Plano de Mensura que Pretende Prescribir Nº 107-015-2019, atento a la posesión pública, continua y pacífica ejercida durante el plazo que determina el artículo 1899 de Código Civil y Comercial y en un todo de acuerdo con las disposiciones de la ley 24320.-
ARTÍCULO 2º: Solicitar la cancelación de la inscripción del Inmueble identificado en el artículo precedente, inscripto bajo el número de Matrícula 18570, Asiento 3, de acuerdo al siguiente detalle: GUICHART Y OCANTOS, Ramona Amalia; GUICHART Y OCANTOS, Nicasio Luis; GUICHART Y OCANTOS, Francisca Martiñana; GUICHART Y OCANTOS, Simón Enrique; GUICHART Y OCANTOS, Máximo Teófilo; GUICHART Y OCANTOS, Felipe Neri; GUICHART Y GÓMEZ, Hortensia; Luisa; GÓMEZ Gil, Aníbal.-
ARTÍCULO 3º: Desígnese a la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires a los fines de cumplimentar los actos notariales de rigor para obtener la inscripción dominial por parte del Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTÍCULO 4º:Cúmplase, Comuníquese, Notifíquese, Publíquese, Regístrese y Archívese.-
Dr. Gustavo A. Marchabalo
Secretario Legal y Técnico
Municipalidad de Trenque Lauquen
Francisco Recoulat
Intendente
Municipalidad de Trenque Lauquen