Boletines/Bahia Blanca
Decreto Nº 3624
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 26/11/2024
Visto la Solicitud de Pedido N° 7789 originado por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, con el objeto de adjudicar la prestación de servicios técnicos y profesionales de una Abogada para formar parte del equipo técnico del Servicio Local sede Noroeste Sur; y
CONSIDERANDO
Que el servicio requerido consiste en el abordaje de situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes dentro de los términos de la Ley 13.298 de Promoción y Protección de los Derechos de los niños, niñas y adolescentes;
Que a fs. 3/4 de las presentes actuaciones, constan las declaraciones de incompetencia suscriptas por la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y por la Subsecretaría Legal y Técnica respectivamente, teniendo en cuenta que el servicio requerido no puede ser cubierto por personal de planta municipal;
Que se realizó el correspondiente procedimiento de selección, según Acta que obra a fs. 12, quedando seleccionada la Sra. Luisina María Menconi, D.N.I 36.329.958 quien cumple con todos los aspectos técnicos para desarrollar las tareas requeridas.
Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,
- D E C R E T A -
PRIMERO: Declarar la incompetencia en la órbita de la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia, teniendo en cuenta que no hay personal de planta municipal disponible para llevar adelante la tarea requerida.-
SEGUNDO: Adjudíquese a la Sra. Luisina María Menconi, D.N.I 36.329.958 la prestación de servicios técnicos y profesionales como Abogada del Servicio Local sede Noroeste Sur, a partir del 01 de diciembre y hasta el 31 de diciembre de 2024, y por la suma total de pesos quinientos treinta y siete mil quinientos ($537.500.-), en un todo de acuerdo a los requerimientos establecidos en el presente expediente.
TERCERO: Se procede a la delegación de responsabilidad del control de la efectiva prestación del servicio contratado a la Subsecretaría de Niñez, Adolescencia y Familia y por su intermedio a la División Servicio Local.-
CUARTO: Refrende el presente Decreto el Director de la Agencia de Salud, Desarrollo Social, Ambiente y Hábitat.
QUINTO: Cúmplase, notifíquese, tomen nota Departamento de Compras, Contaduría General, Subdirección de Presupuesto y Planificación, Subsecretaría Niñez, Adolescencia y Familia, División del Servicio Local., dése al R.O.; hecho: ARCHÍVESE.-