Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 226/24
Balcarce, 26/12/2024
VISTO:
“Contratación de Sanitarios y refacción de cocina en E.P. Nº 8 E.S. 7 de Balcarce”, Licitación Pública Nº 4/21, cuyos antecedentes constan en el Expediente Administrativo Nº 3525/21, y
CONSIDERANDO:
Que por medio de la presente, esta Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos referente a la obra caratulada “Contratación de Sanitarios y refacción de cocina en E.P. Nº 8 E.S. 7 de Balcarce”, Licitación Pública Nº 4/21, cuyos antecedentes constan en el Expediente Administrativo Nº 3525/21, recomienda que se apruebe en forma parcial la propuesta de pago presentada por la Empresa Mario Fabián y Gustavo Alejandro Garrido S.H., denegando la quita de multas y aplicando las correspondientes actualizaciones. Se acepta plan de pago de 10 cuotas iguales y consecutivas de acuerdo al cálculo realizado por Contaduría Municipal. El atraso de los pagos pactados generará los intereses punitorios correspondientes estipulados por el área contable.
Que la obra fue adjudicada en fecha 22 de junio de 2021, mediante el Decreto Nº 1408/2021, a la Empresa Mario Fabián y Gustavo Alejandro Garrido S.H. con un monto de PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS VEINTICINCO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 10/100 ($ 11.625.843,10), contemplándose en la contratación el pago de un Anticipo Financiero equivalente al 10 % del monto adjudicado. El plazo de ejecución de la obra se estableció por Pliego de Bases y Condiciones y Contrato de obra y se fijó en 180 días contados a partir de la fecha de la firma del acta de inicio de obra.
Que atento al estado de las presentes actuaciones y previo a continuar con el trámite según su estado por la obra de referencia, el contrato celebrado entre la Municipalidad de Balcarce y la empresa Mario Fabián Garrido y Gustavo Alejandro Garrido S.H. en fecha 28/07/2021, el cual dispone que: “…..Si el Contratista no diera total y correcta terminación a todos los trabajos contratados dentro del plazo estipulado para la realización de los mismos, se le aplicará una multa del uno (1) por mil del importe del contrato actualizado por cada día de atraso en la terminación de los trabajos. Se incluirán en el cómputo del plazo contractual las prórrogas y ampliaciones concedidas.
Que a los efectos de determinar el monto de resolución y el cálculo de la multa diaria referenciada conforme lo establecido en el Decreto Nº 09/23 y cargado mediante Sistema RAFAM, se estipula como fecha de base el 03/05/2023 vencimiento de la última prórroga, se solicitó a Contaduría que realice los cálculos pertinentes. A su vez se solicita se establezca el valor del saldo de Anticipo Financiero a reintegrar, que la Municipalidad abonó al Contratista por la totalidad de la obra contratada en la suma de PESOS UN MILLON CIENTO SESENTA Y DOS MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 31/1000 ($ 1.162.584,31), conforme recibo de pago N° 4082 de fecha 26/08/2021, en concepto del pago de la Orden de Pago N° 6279 del Ejercicio 2021.
Que cabe aclarar que la obra fue ejecutada en un 79% sobre el total de las obras contratados, quedando pendiente el restante 21%, por lo que el porcentaje del valor que corresponde que la Contratista devuelva a este Municipio es del 21% del monto expresado, más el cálculo de sus correspondientes intereses, desde la fecha 26/08/2021 en que se emitió el recibo de pago, conforme lo establecido en el Decreto 09/23 y cargado mediante Sistema RAFAM.
Que en este entendimiento esta Secretaría mediante Decreto Administrativo N° 1155 de fecha 16 de abril de 2024 dispuso:
1.-) Rescindir el Contrato celebrado entre la Municipalidad de Balcarce y la Empresa Mario Fabián Garrido y Gustavo Alejandro Garrido S.H. por la obra “Contratación de sanitarios y refacción de cocina en E.P. Nº 8 y E.S. Nº 7”.
2.-) Recomendar la aplicación de la multa correspondiente, proveniente de la actualización del Contrato con aplicación desde el vencimiento de la última prórroga hasta el día 23/06/2023. La tasa de actualización es la que surge del Decreto Nº 09/23 (Artículo 2º), por valor de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON 11/100 ($ 632.684,11).
3.-) Reclamar a la Empresa Contratista a la devolución del saldo de Anticipo Financiero y sus respectivos intereses, cuyo monto asciende a PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y UNO CON 59/100 ($ 457.971,59). Este se calcula desde la fecha de la efectiva transferencia bancaria al proveedor, hasta el día 23/06/23, a la tasa del 48 % anual de la Ordenanza Fiscal, que se aplica supletoriamente al no estar contemplada ninguna tasa de interés en el Contrato.
4.-) Notificar a la Empresa MARIO FABIÁN Y GUSTAVO ALEJANDRO GARRIDO S.H. y a la compañía Aseguradora de caución “ALLIANZ ARGENTINA COMPAÑÍA DE SEGUROS S.A.”, mediante cédula de notificación.
Que el día 28 de abril de 2023 entre la Municipalidad de Balcarce y la Empresa Mario Fabián Garrido y Gustavo Alejandro Garrido S.H. proceden de común acuerdo a celebrar el Acta de Recepción Provisoria Parcial por el porcentaje de Obra ejecutada, aprobada mediante Decreto N° 1421/23. Conforme al estado de las presentes actuaciones, esta Secretaría solicita a Contaduría Municipal se expida informando los créditos pendientes de cancelación en beneficio de la Empresa Mario Fabián y Gustavo Alejandro Garrido S.H.; con fecha 13 de septiembre de 2024 Contaduría responde la solicitud planteada. El día 8 de octubre de 2024 el contratista presenta escrito, “fórmula propuesta de pago”, la que genera el presente dictamen por parte de esta Secretaría de Obras Públicas, recomendando la aceptación en forma parcial, detalle en Expediente Nº 3525/21, para su posterior elevación al Honorable Concejo Deliberante.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar en forma parcial la propuesta de pago presentada por la Empresa Mario Fabián y Gustavo Alejandro Garrido S.H., denegando la quita de multas y aplicando las correspondientes actualizaciones. Se acepta plan de pago de 10 cuotas iguales y consecutivas de acuerdo al cálculo realizado por Contaduría Municipal. El atraso de los pagos pactados generará los intereses punitorios correspondientes estipulados por el área contable, por la obra caratulada “Contratación de Sanitarios y refacción de cocina en E.P. Nº 8 E.S. 7 de Balcarce” en el marco de la Licitación Pública Nº 4/21.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro. FIRMADO: Agustín Cassini – PRESIDENTE – Mercedes Palmades – SECRETARIA.