Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº217/24

Ordenanza Nº 217/24

Balcarce, 26/12/2024

VISTO:

El expediente 3101-B/2021, caratulado “REGULARIZACION DE CESION DE CALLE 17 ENTRE 112 Y 114 BIS”, iniciado por la Municipalidad de Balcarce, y

CONSIDERANDO:

En fecha de 10 de febrero de 2021, la Señora María Lujan Bibbó presentó una nota indicando que posee un inconveniente de antaño, el cual fuera generado por la creación de un barrio en calle 114 bis. En épocas en que el Señor Álvarez Manzaneda trabajaba en la Municipalidad de Balcarce, trazaron una calle sobre la parcela del padre de la Sra. Bibbo, sin haber sido cedida por plano.

En fecha de 11 de marzo de 2021, la Dirección de Planeamiento y Obras Publicas informó que de acuerdo a los registros municipales, la parcela corresponde en origen a la identificación catastral Circunscripción I, Sección A, Chacra 26, Parcela 39a, verificándose en la plancheta catastral que la calle 17 entre las calles 112 y 114 bis no se encuentra cedida. La mencionada arteria se halla abierta y materializada (pavimentada).

La situación descripta en párrafo anterior, provocó un grave perjuicio a la familia Bibbó, ya que redujo la superficie de su inmueble y dificultó la delimitación de posibles subdivisiones futuras, ya que las parcelas a generarse indefectiblemente deben tener salida a calles cedidas o a ceder por plano.

En fecha de 9 de agosto de 2022, la agrimensora municipal comunicó por medio de correo electrónico, que realizó la medición de la afectación por apertura de la calle 17 sobre la parcela 39a, determinando que para resolver la situación debería realizarse plano de mensura y cesión de calle.

A fojas 18 obra glosado Proyecto de división Pda-2085, confeccionado por el agrimensor municipal.

 En fecha de 25 de octubre de 2024, la Señora María Luján Bibbó solicitó que se efectúe la subdivisión del lote de su propiedad, catastralmente identificado como Circunscripción XI, Sección A, Chacra 26, Parcela 39a, según “Proyecto de División Pda- 2085”, afrontando los gastos de la agrimensura la Municipalidad de Balcarce. Asimismo requirió que le sean condonadas la totalidad de las deudas por tasas municipales que el inmueble posea. Asimismo manifestó que de cumplirse con su propuesta, renunciaría a la posibilidad de realizar cualquier tipo de reclamo a la Municipalidad de Balcarce, sea judicial o extrajudicialmente.

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a confeccionar y tramitar el proyecto de subdivisión de Circunscripción I, Sección A, Chacra 26, Parcela 39a, solicitado por la Señora María Luján Bibbó, afrontando los gastos de agrimensura la Municipalidad de Balcarce.

ARTÍCULO 2.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a condonar la deuda existente a octubre de 2024 en concepto de tasas municipales del inmueble catastralmente identificado como Circunscripción I, Sección A, Chacra 26, Parcela 39a, propiedad de la Señora María Luján Bibbó.

ARTÍCULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro. FIRMADO: Agustín Cassini – PRESIDENTE – Mercedes Palmades – SECRETARIA.