Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 213/24
Balcarce, 26/12/2024
VISTO:
“Instalación de gas en E.E.S. Nº 1”, cuyos antecedentes constan en el Expediente Administrativo Nº 3530/B/2021, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del presente, esta Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos referente a la obra caratulada “Instalación de gas en E.E.S. Nº 1”, cuyos antecedentes constan en el Expediente Administrativo Nº 3530/21, recomienda que se acepte la quita de multas y un plan de pago de 10 cuotas iguales y consecutivas, debiendo realizar la devolución del anticipo financiero más sus intereses, de acuerdo al cálculo realizado por Contaduría Municipal. El atraso de los pagos pactados generará los intereses punitorios correspondientes estipulados por el área Contable.
Que en virtud de la adjudicación de la Licitación Privada N° 5/2021, según Decreto Municipal N° 1588/21, en fecha 28/07/2021 se celebró contrato de obra para la “Instalación de Gas en E.E.S. N° 1 de Balcarce” entre la Municipalidad de Balcarce y el Sr. Ricardo Rodolfo Rodríguez por un valor de PESOS TRES MILLONES DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENA Y NUEVE CON 54/100, ($ 3.016.889,54).
Que a tales fines, la Empresa firmó el Acta de Inicio de obra el 28/07/2021 y posteriormente cobró el Anticipo Financiero por la suma de PESOS TRESCIENTOS UN MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 95/100 ($301.688,95) a los efectos de dar efectivo inicio los trabajos.-
Que el 30/07/2021, mediante nota, el Consejo Escolar solicitó al Sr. Intendente la postergación de la ejecución de la obra, aduciendo que el retorno a la presencialidad, impedía la coexistencia de ambas actividades.-
Que el Contratista solicitó a La Municipalidad la revisión de los términos del contrato debido a los aumentos generados durante el atraso en el inicio de la obra. No obstante ello, mediante nota, el Director del Establecimiento Educativo, Juan Carlos Poblet, solicitó al Consejo Escolar de Balcarce la postergación de la obra, hasta tanto tomara intervención la Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y Bienes Históricos del Ministerio de Cultura de la Nación
Que la Secretaria de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos mediante los siguientes Decretos Municipales: N° 2033 de fecha 28/09/2021, N° 2908 de fecha 30/11/2021, N° 3214 de fecha 28/12/2021, N° 611 de fecha 03/03/2022 y N° 1122 de fecha 03/05/2022, fue realizando diversas ampliaciones de los plazos y solicita a Asesoría Legal la rescisión del contrato de la obra “Instalación de Gas en E.E.S N° 1 de Balcarce”.
Que finalmente, en fecha 02/05/2023 se dictó Decreto Municipal N° 1400/23 de paralización del plazo de la obra por causas ajenas a las partes. Por su parte, Asesoría Legal confeccionó el solicitado modelo de “Convenio de Rescisión de Contrato de Obra de Instalación de Gas en E.E.S N° 1 de Balcarce”, aprobado por Decreto Nº 2952/23.
Que el día 8 de octubre de 2024 el contratista presenta escrito solicitando morigeración de multas e intereses “fórmula propuesta de pago”. El día 10 de diciembre del corriente se solicita a Contaduría la actualización del cálculo de los intereses generados para la devolución por parte de la Empresa del monto abonado en concepto de anticipo financiero.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Autorizase al Departamento Ejecutivo, en relación a la propuesta de pago presentada por la Empresa Ricardo Rodolfo Rodríguez, por la obra “Instalación de gas en E.E.S. Nº 1”, a aceptar la quita de multas y un plan de pago de 10 cuotas iguales y consecutivas, debiendo realizar la devolución del anticipo financiero más sus intereses, de acuerdo al cálculo realizado por Contaduría Municipal. El atraso de los pagos pactados generará los intereses punitorios correspondientes estipulados por el área Contable.
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-