Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 210/24
Balcarce, 26/12/2024
VISTO:
“Instalación de gas en E.P. Nº 30”, cuyos antecedentes constan en el Expediente Administrativo Nº 6779/22, y
CONSIDERANDO:
Que por medio del presente, esta Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos referente a la obra caratulada “Instalación de gas en E.P. Nº 30”, cuyos antecedentes constan en el Expediente Administrativo Nº 6779/22, recomienda que se acepte la quita de multas y un plan de pago de 10 cuotas iguales y consecutivas, debiendo realizar la devolución del anticipo financiero más sus intereses, de acuerdo al cálculo realizado por Contaduría Municipal. El atraso de los pagos pactados generará los intereses punitorios correspondientes estipulados por el área Contable.
Que en fecha 16/09/2022 se celebró contrato de obra para la “Instalación de Gas en Escuela Provincial N° 30” entre la Municipalidad de Balcarce y el Sr. Ricardo Rodolfo Rodríguez por un monto total de PESOS UN MILLON DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS CON 00/100 ($ 1.244.200,00) a realizarse en el plazo de sesenta (60) días a partir de la firma del acta de inicio de la obra firmada el 16/09/2022. Posteriormente la Administración procedió al pago del Anticipo Financiero por la suma de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTE CON 00/100 ($124.420,00)
Que debido a la demora en el inicio de la obra, la Municipalidad mediante los Decretos N° 3455 de 2022, N° 223, N° 843, N° 1523, N° 2367, N° 3038 y N° 3292 de 2023 realizó ampliaciones de los plazos del contrato a los fines de intentar que la obra se lleve a cabo, siendo la última ampliación hasta el 04 de Diciembre de 2023.
Que el día 22 de noviembre de 2022, la Empresa Mario Fabián y Gustavo Alejandro Garrido S.H. manifestó la decisión de renunciar a la continuidad de la obra de referencia, mediante nota de fecha 29 de noviembre de 2022 que a fs. 89 consta en el presente.
Que en consonancia con ello, esta Secretaría, mediante Decreto N° 3765 de 2023, dispuso la paralización del plazo de la obra y procedió a exponer en un acta las circunstancias manifestadas, requiriendo a Asesoría Legal se rescinda el contrato de obra con el proveedor Ricardo Rodolfo Rodríguez a efectos de dar posibilidad a una actualización de presupuesto del convenio para efectivizar una nueva contratación, y asimismo se expida sobre el procedimiento a seguir con el proveedor. A tales fines, esta Secretaría solicitó se tenga en cuenta no solo la necesidad de la Institución Educativa de llevar adelante la obra de gas, sino también el tiempo transcurrido desde el inicio de la contratación sin que la empresa haya ejecutado la obra encomendada y el contexto inflacionario del país que hace inviable la ejecución de la obra en la actualidad con el presupuesto de contrato.
Que el contratista presenta un escrito solicitando morigeración de multas e intereses “fórmula propuesta de pago”, con respuesta en el presente dictamen por parte de esta Secretaría, que recomienda la aceptación en forma parcial, detalle en Expediente Nº 6779/22, para su posterior elevación al Honorable Concejo Deliberante.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a aceptar en forma parcial la propuesta de pago presentada por la Empresa Ricardo Rodolfo Rodríguez, recomendando que se acepte la quita de multas y un plan de pago de 10 cuotas iguales y consecutivas, debiendo realizar la devolución del anticipo financiero más sus intereses, de acuerdo al cálculo realizado por Contaduría Municipal. El atraso de los pagos pactados generará los intereses punitorios correspondientes estipulados por el área Contable por la obra caratulada “Instalación de gas en E.P. Nº 30”- -
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro. FIRMADO: Agustín Cassini - PRESIDENTE - Mercedes Palmadés -SECRETARIA-