Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº205/24

Ordenanza Nº 205/24

Balcarce, 26/12/2024

VISTO:

El Decreto N° 2814 de fecha 27 de agosto de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que con fecha 27 de agosto de 2024 entre la Municipalidad de Balcarce y la Universidad Atlántida Argentina, celebraron un Convenio Marco de Cooperación, mediante el cual las partes acordaron recíprocamente relaciones de complementación y cooperación académica, científica, tecnológica y cultural; las cuales se detallarán en los anexos o protocolos específicos al convenio marco.-

Que las relaciones se concretarán preferentemente en los siguientes campos:

a) Investigación y desarrollo: Promover la realización de investigaciones conjuntas en áreas estratégicas para el desarrollo local y regional, así como el intercambio de conocimientos y tecnología.-

b) Formación y capacitación: desarrollar programa de formación y capacitación dirigidos a empleados municipales, emprendedores y la comunidad en general, con el fin de mejorar sus habilidades y competencias.-

c) Prácticas Profesionales y Pasantías: facilitar la realización de prácticas profesionales y pasantías para los estudiantes de la Universidad Atlántida en las distintas dependencias y proyectos del Municipio de Balcarce.-

d) Extensión Universitaria: colaborar en proyectos de extensión que permitan acercar los conocimientos y avances de la universidad a la comunidad, generando un impacto positivo en la sociedad.-

e) Desarrollo tecnológico y digital: implementar iniciativas conjuntas en el ámbito de la transformación digital y la incorporación de nuevas tecnologías en los procesos municipales y el tejido productivo local.-

Que el convenio tendrá una duración de cinco (05) años a partir de la fecha de su ratificación por las autoridades correspondientes, prorrogándose de manera automática

por un nuevo periodo.-

Que el convenio marco de mención fue aprobado mediante Decreto N° 2814 de fecha 27 de agosto de 2024.-

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.-  Convalídase, lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto N° 2814 de fecha 27 de agosto de 2024.-

ARTÍCULO 2.-  Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro. FIRMADO: Agustín Cassini - PRESIDENTE  - Mercedes Palmadés  -SECRETARIA-