Boletines/Balcarce
Ordenanza Nº 205/24
Balcarce, 26/12/2024
VISTO:
El Decreto N° 2814 de fecha 27 de agosto de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 27 de agosto de 2024 entre la Municipalidad de Balcarce y la Universidad Atlántida Argentina, celebraron un Convenio Marco de Cooperación, mediante el cual las partes acordaron recíprocamente relaciones de complementación y cooperación académica, científica, tecnológica y cultural; las cuales se detallarán en los anexos o protocolos específicos al convenio marco.-
Que las relaciones se concretarán preferentemente en los siguientes campos:
a) Investigación y desarrollo: Promover la realización de investigaciones conjuntas en áreas estratégicas para el desarrollo local y regional, así como el intercambio de conocimientos y tecnología.-
b) Formación y capacitación: desarrollar programa de formación y capacitación dirigidos a empleados municipales, emprendedores y la comunidad en general, con el fin de mejorar sus habilidades y competencias.-
c) Prácticas Profesionales y Pasantías: facilitar la realización de prácticas profesionales y pasantías para los estudiantes de la Universidad Atlántida en las distintas dependencias y proyectos del Municipio de Balcarce.-
d) Extensión Universitaria: colaborar en proyectos de extensión que permitan acercar los conocimientos y avances de la universidad a la comunidad, generando un impacto positivo en la sociedad.-
e) Desarrollo tecnológico y digital: implementar iniciativas conjuntas en el ámbito de la transformación digital y la incorporación de nuevas tecnologías en los procesos municipales y el tejido productivo local.-
Que el convenio tendrá una duración de cinco (05) años a partir de la fecha de su ratificación por las autoridades correspondientes, prorrogándose de manera automática
por un nuevo periodo.-
Que el convenio marco de mención fue aprobado mediante Decreto N° 2814 de fecha 27 de agosto de 2024.-
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA
ARTÍCULO 1.- Convalídase, lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto N° 2814 de fecha 27 de agosto de 2024.-
ARTÍCULO 2.- Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-
DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Extraordinaria, a los veintiséis días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro. FIRMADO: Agustín Cassini - PRESIDENTE - Mercedes Palmadés -SECRETARIA-