Boletines/Balcarce

Ordenanza Nº192/24

Ordenanza Nº 192/24

Balcarce, 28/11/2024

VISTO:

El Expediente 4148/B/2021, referente a la “ADQUISICIÓN BIENES DE CAPITAL SEGÚN LO DISPUESTO POR LAS ORDENANZAS Nº 87/16 Y 57/20 MEDIANTE LA MODALIDAD DE CONTRATO LEASING CON PROVINCIA LEASING S.A”,

CONSIDERANDO:

Que el 23 de junio de 2016 el Honorable Concejo Deliberante, mediante Ordenanza 87/16, autorizó al Poder Ejecutivo Municipal a formalizar contratos de locación de Leasing con Provincia Leasing S.A, en forma de contratación directa, de conformidad a lo establecido en el Articulo Nº 156º-Inciso 2 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, con destino dichas contrataciones a equipamiento municipal de bienes de capital para ser empleados en obra y servicios públicos

 Que en la Ordenanza citada autoriza a afectar los créditos presupuestarios de Ejercicios Futuros, de acuerdo al Artículo 273º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, como así también, que dichas contrataciones a efectuar se formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que Provincia Leasing estipule.

 Que según Decreto Municipal Nº 1498/2016 se promulgó dicha Ordenanza.

 Que el 28 de Mayo de 2020 el Honorable Concejo Deliberante, mediante Ordenanza 57/20, modificó el Artículo 2º de la Ordenanza 87/16, quedando redactado de la siguiente manera: “…los bienes objeto de tales contrataciones estarán destinadas al Equipamiento Municipal de Bienes de Capital (distintos tipos de maquinarias, vehículos, equipos, entre otro bienes) para ser empleados en Obras, Servicios Públicos,

Salud y Acción Social indistintamente…”

 Que según Decreto Municipal Nº 1074/20 se promulgó dicha Ordenanza

 Que el Intendente Municipal ha ratificado la vigencia de la misma, aclarando que a la fecha no ha sufrido modificación alguna

 Que el Poder Ejecutivo Municipal gestionó y obtuvo el Leasing Bancario según los mandamientos de la citada Ordenanza, culminando la operatoria con la firma de Contrato Nº 0011766PLP000 de Leasing Financiero Mobiliario, según Decreto Municipal nº 2551/2021, Ordenanza nº 209/2021, Decreto Municipal Nº 2830/2021

 Que la Contadora Municipal informa que corresponde abonar gastos administrativos por transferencia pendiente, no facturados previamente, por un importe de $ 385.681,50

 Que mediante Decreto Municipal Nº 3522/2024 se aprobó dicho gasto.-

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:

ORDENANZA

ARTÍCULO 1.- Convalídase lo actuado por el Departamento Ejecutivo mediante Decreto Municipal Nº 3522 de fecha 04 de Noviembre de 2024.-

ARTÍCULO 2.-  Cúmplase, comuníquese, regístrese, publíquese.-

DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordinaria, a los veintiocho días del mes de noviembre de dos mil veinticuatro. FIRMADO: Agustín Cassini - PRESIDENTE  - Mercedes Palmadés  -SECRETARIA-