Boletines/Tandil
Decreto Nº 3642/2024
Tandil, 09/12/2024
Visto
La solicitud de ampliación de designación como personal de Servicio – Mucama, a la trabajadora Tamara López - Legajo 11.722, efectuada por el Departamento de Servicios Generales del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, quien se encuentra designada para cubrir la reubicación de la trabajadora Julieta Verde - Legajo 11.428.
Considerando
Que han informado al respecto la Jefa del Departamento de Recursos Humanos y la Contadora del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Que se encuentra designada desde el 28 de febrero de 2024 venciendo su última ampliación, según Decreto Nro. 2648/24, el 23 de noviembre de 2024.
Por todo ello, en uso de sus facultades
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1°: Amplíese la designación a la trabajadora Tamara Melina López - Legajo 11.722, como Personal de Servicio - Mucama, en la categoría 1 - 48 horas semanales de la Planta Temporaria en carácter de mensualizada, cumpliendo tareas en el Hospital de Niños "Dr. Debilio Blanco Villegas” del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, a partir del 24 de noviembre de 2024 y por el término de dos (2) meses, ad referéndum de los exámenes preocupacionales.
Artículo 2°: Se deja establecido que la trabajadora Tamara López se desempeñará dentro del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado, debiendo cumplir horarios rotativos, mañana, tarde y noche, en días hábiles, sábados, domingos y feriados, con disponibilidad a cualquier modificación que pudiere determinar la Supervisión de Mucamas.
Artículo 3°: Insístase ante el Departamento de Contaduría la erogación dispuesta en este acto administrativo, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 186° de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
Artículo 4°: La erogación que ello implique deberá imputarse a la Jurisdicción 1120000002 Sistema Integrado de Salud Pública, Apertura Programática 18.00.00 Hospital de Niños, 1.0,0.0 Gastos en Personal, 1.2.0.0 Personal Temporario, 1.2.1.0 – Retribuciones del Cargo, 1.2.1.1 Personal Provisional, 1.2.2.0 Retribuciones que no hacen al cargo, 1.2.2.2 Por Extensión Horaria, 1.2.2.3 Liquidación Obra Social del presupuesto de gastos en vigencia.
Artículo 5°: El presente decreto será refrendado por la Presidente del Sistema Integrado de Salud Pública Ente Descentralizado.
Artículo 6°: Regístrese, comuníquese, dese al Boletín Municipal, pase a la Secretaría de Gobierno, Presidencia y Vicepresidencia del SISP Ente Descentralizado, y Departamentos de Servicios Generales, Recursos Humanos y Contaduría del Ente, y oportunamente archívese.
Firma Digital: Cecilia Martens (Presidente) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Presidencia del Sistema Integrado de Salud - Intendencia