Boletines/General Belgrano

Decreto Nº1081/2024

Decreto Nº 1081/2024

Publicado en versión extractada

General Belgrano, 27/05/2024

Visto el expediente administrativo Nº 4041-S-4904/2024, y;

CONSIDERANDO:

Que, por medio del mismo, la Secretaría de Planeamiento, Obras y Servicios Públicos solicita que se autorice la contratación del proveedor para proceder a realizar la reparación de la Motoniveladora Champion – Bien N° 4337.

Que en función de la documentación obrante a fojas 3/14, el monto de la reparación asciende a la suma pesos trece millones doscientos cincuenta y siete mil quinientos uno con 87/100 ($ 13.257.501,87).

Que a fojas 16, la Dirección de Contaduría informa que no existen inconvenientes para ejecutar la reparación de manera directa, según el artículo 156 - inciso 6° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, que establece “La reparación de motores, máquinas, automotores y aparatos en general”.

Además, enuncia que los fondos provenientes del Fondo para Fortalecimiento Fisca Municipal y se imputará a la Jurisdicción 1110108000 – Programa 41 – Actividad 07 – Partida 3.3.3.0 – Fuente de Financiamiento 110 del Presupuesto del Gasto vigente.

Se manifiesta que se procederá a un anticipo financiero del 30% y el resto se abonará una vez finalizado el trabajo en cuestión.

Que la Dirección de Compras recomienda la Contratación de la empresa Importrade S.A. representada por su presidente Juan Manuel Rodríguez – CUIT: 30-71546935-5.

Que corresponde el dictado del acto administrativo pertinente.

Por ello;

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES

DECRETA

Artículo 1º: Autorizar la contratación de la empresa Importrade S.A. representada por su presidente Juan Manuel Rodríguez – CUIT: 30-71546935-5 para la reparación de la Motoniveladora Champion – Bien N° 4337, por la suma pesos trece millones doscientos cincuenta y siete mil quinientos uno con 87/100 ($ 13.257.501,87), de conformidad con el contrato que se suscribirá y se registrará bajo el Nº 563/24 del Registro de Contratos.--

Artículo 2º: Se estable que se efectuará un anticipo financiero del 30% y el resto se abonará una vez finalizado el trabajo.--

Artículo 3º: El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a la Jurisdicción 1110108000 – Programa 42 – Proyecto 76 - Actividad 02 – Partida 3.3.1.0 – Fuente de Financiamiento 110 del Presupuesto del Gasto vigente.--

Artículo 4º: Facultar a la Dirección de Contaduría a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias en virtud del dictado del presente.--

Artículo 5º: Establecer que el presente Decreto será refrendado por el Secretario de Hacienda Cdor. Enrique Acha.--      

Artículo 6°: Cumplir, comunicar a quienes corresponda, tomar razón Compras, Contaduría, Dirección Obras Públicas, dar al Registro Oficial del Municipio, publicar, archivar. --