Boletines/Tapalqué

Decreto Nº0841

Decreto Nº 0841

Tapalqué, 19/11/2024

Visto y considerando

VISTO: La inauguración del Sector Piscinas Infantiles del Complejo Termal y la visita del Gobernador Axel Kicillof junto a ministros de su gabinete a nuestra localidad el día 22 de noviembre del corriente; CONSIDERANDO: 1) Que se realizará la inauguración de la Segunda Etapa del Complejo Termal de la ciudad que comprende 4 (cuatro) piscinas infantiles y Sector de vestuarios; 2) Que el 14 de Julio del año 2023 se inauguró la primera etapa de este proyecto ambicioso y tan anhelado para la población de Tapalqué; 3) Que la primera etapa consistió en la inauguración de 4 (cuatro) piscinas cubiertas y el sector de plaza de aguas con la presencia de locales comerciales; 4) Que la segunda etapa consiste en la habilitación de 4 (cuatro) piscinas infantiles con juegos de agua y el sector de vestuarios y sanitarios; 5) Que el objetivo principal de la Municipalidad de Tapalqué en relación al Parque Termal es inaugurar la segunda etapa de un proyecto más amplio, para continuar con el proceso de desarrollo local creando oportunidades y puestos de trabajo para los vecinos en su propia ciudad, ya sea en el mismo complejo termal y/o a raíz del desarrollo turístico local; 6) Que desde la apertura del Complejo Termal se busca profundizar y diversificar la matriz económica productiva de Tapalqué y la región; 7) Que se realizara un acto protocolar con la presencia del Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires acompañado por parte de su gabinete de ministros; 8) Que este evento estará abierto a toda la comunidad y contara con la presencia de alumnos y alumnas de todas las instituciones educativas del partido de Tapalqué, quienes realizarán la inauguración de las piscinas;

Por ello el Intendente Municipal, en uso de sus facultades decreta.

 

ARTICULO 1º: Declárese de Interés Municipal la Inauguración del Sector Piscinas Infantiles y vestuarios del Complejo Termal y la visita del Gobernador Axel Kicillof junto a ministros de su gabinete a nuestra localidad el día 22 de noviembre del corriente.-

 

ARTICULO 2º: Autorizase a la Contaduría Municipal a solventar los gastos que dichas actividades demanden.-

 

ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese a quien corresponda, regístrese y archívese.-