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Decreto Nº1463

Decreto Nº 1463

Bolivar, 19/08/2024

Visto

La nota elevada por la Directora de Desarrollo de la Comunidad de la Municipalidad de Bolívar, y;

Considerando

Que en la misma informa que la agente Aguilar Agustina realizara tareas de la Coordinación del Área Institucional de Desarrollo de la Comunidad;

Que es justo el pago de la Bonificación, a fin de compensar económicamente su labor;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107) de la Ley Orgánica de las Municipalidades;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE BOLIVAR

DECRETA

Artículo 1º: Abónese a partir del 01 de Agosto de 2024, y hasta el 30 de Septiembre de 2024, una Bonificación por Función del 50 % de su Sueldo Básico, a la Agente Aguilar Agustina, D.N.I 44.240.652, Clase 2002, Legajo 3477.

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento del artículo 1º será imputado a Jurisdicción: JURISDICCION: 1110114000 – PROGRAMA: 01.00.00 – Desarrollo y coordinación de desarrollo de la comunidad.

Artículo 3º: Notifíquese con copia del presente Decreto a la agente Aguilar Agustina, en los términos de la Ordenanza General 267/80.

Artículo 4º: Tomen conocimiento Dirección de Recursos Humanos, Departamento de Liquidación de Haberes, Contaduría y demás que considere corresponder a efectos de su fiel cumplimiento.

Artículo 5º: El presente Decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno, según lo determinado por el Decreto Nº 2485-23 y por la Secretaria de Desarrollo de la Comunidad-

Artículo 6º: Notifíquese, comuníquese, dese al Libro de Decretos y cumplidos los trámites de estilo, archívese.