Boletines/Zárate
Decreto Nº 831/24
Zárate, 26/11/2024
Visto
La nota presentada por la Secretaría de Protección Ciudadana, mediante Expediente Nº 4121-7814; y-
Considerando
Que, a través de la misma se informa que entre las fechas 28 de noviembre y 30 de noviembre del corriente año, el señor Secretario de Protección Ciudadana, Juan Manuel Iglesias, viajará a la ciudad de Mendoza, Pcia. de Mendoza, con el fin de asistir a diversas reuniones con funcionarios de la mencionada ciudad con el fin de recoger aportes de significativo valor para el funcionamiento de la Secretaría de su cargo.
Que, la persona designada a tal efecto es el señor Juan Manuel Iglesias D.N.I. 23.789.560 (Legajo Nº 2352).
Que, por lo expuesto, solicita sean abonados, con cargo a rendición de cuenta, los gastos correspondientes a pasajes, alojamiento, alquiler de vehículo, combustible y viáticos;
Que por lo antes dicho corresponde acceder a lo peticionado
Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias;
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Autorizando a la Contaduría Municipal a abonar al señor Secretario de Protección Ciudadana Dn. JUAN MANUEL IGLESIAS – D.N.I. 23.789.560 – Legajo Nº 2352, la suma de PESOS QUINIENTOS SETENTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 25/100 ctvs. ($570.874,25), con cargo a redición de cuentas, en concepto de gastos por pasajes, alojamiento, alquiler de vehículos, combustibles y viáticos, que se generarán con motivo de su viaje a la ciudad de Mendoza, Pcia. de Mendoza entre las fechas 28 de noviembre y el 30 de noviembre del corriente año, para asistir de diversas reuniones con funcionarios de la mencionada ciudad con el fin de recoger aportes de significativo valor para el funcionamiento de la Secretaría a su cargo.
ARTICULO 2º.- El gasto dispuesto en el artículo 1º deberá afectarse a Jurisdicción: 1110111000 – Secretaría de Prevención Ciudadana; Programa: 01 – Administración, Control y Gestión de la Secretaría de Seguridad; Fuente de Financiamiento: 110 Origen Municipal; Partida: 3.2.9.0. Otros Alquileres y Derechos; 3.7.1.0. Pasajes; 3.4.7.0. Servicio de Hotelería; 2.5.6.0. Combustibles y Lubricantes y 3.7.2.0. Viáticos; del presupuesto vigente.-
ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dn. IGNACIO JERONIMO SUAREZ OGALLAR.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese, publíquese, tomen conocimiento las Secretarías de Economía, Gobierno, Protección Ciudadana, Contaduría, Tesorería, las Subsecretarías de Asuntos Legales y de Recursos Humanos, regístrese y archívese.-