Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 14252/2024
Quilmes, 04/12/2024
VISTO: el Expediente Nº 4091-8385-S-2024; y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.252/2024 en la Sesión Extraordinaria del día 2 de Diciembre del 2024, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 4091-8385-S-2024. Ref.: Convenio Marco de Colaboración con la Fundación de los Trabajadores Sanitaristas para la formación y el desarrollo con la Municipalidad de Quilmes registrado bajo el Nº 0482/2024, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 22 de Octubre de 2024 se suscribió el referido Convenio Marco, con la finalidad de crear un ámbito de colaboración entre las partes a fin de llevar adelante acciones conjuntas de cooperación alineadas con los objetivos y propósitos de las mismas.
Que, de tal manera, se propende a la Promoción y la Defensa de los Valores Ambientales.
Que la FUTRASAFODE es una Organización sin fines de lucro, autorizada a funcionar en calidad de Persona Jurídica por IGJ a través de la Resolución Nº 0011709/2015.
Que la presente se sanciona en virtud de lo establecido por el Artículo 41° de la Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley 6769/58 y modificatorias vigentes.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 1425212024
ARTICULO 1°: CONVALIDASE el CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FUNDACIÓN DE LOS TRABAJADORES SANITARISTAS PARA LA FORMACIÓN Y EL DESARROLLO, EL INSTITUTO UNIVERSITARIO DEL AGUA Y EL SANEAMIENTO Y LA MUNICIPALIDAD DE QUILMES, suscripto entre la Municipalidad de Quilmes y la FUTRASAFODE, con fecha 22 de Octubre de 2024, y Registrado Bajo el Nº 0482/2024.
ARTICULO 2°: FACULTASE al Departamento Ejecutivo a dictar las normas operativas vinculadas a la dinámica del Convenio, así como a la firma de los Acuerdos y/o Convenios que resulten necesarios para lo conveniado.
ARTICULO 3°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
QUILMES, 2 de Diciembre de 2024.
Fdo. FLORENCIA M. ESTECHE, Presidenta del H.C.D. Dra. EDITH O. LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley· Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.252/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Extraordinaria del día 2 de diciembre de 2024.-ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Decreto Nº 3791/2024