Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 14246/2024
Quilmes, 03/12/2024
VISTO: el Expediente Nº 4091-9637-S-2020; y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.246/2024 en la Sesión Ordinaria del día 26 de Noviembre del 2024, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 4091-9637-S-2020. Ref.: Emergencia Alimentaria Nº13312/2019 y sus respectivas prórrogas, y
CONSIDERANDO:
Que, se debe tener presente que el derecho a la alimentación es un derecho humano fundamental, reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención de los Derechos del Niño y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, directamente relacionado al Derecho a la Salud y a la Vida.
Que, las políticas sociales estructurales cumplen un rol paliativo en la materia a nivel nacional y de impacto local como la Tarjeta AlimentAR, que posibilita el acceso a la Canasta Básica Alimentaria por parte de los titulares de derecho de la Asignación Universal por Hijo (AUH), con niños menores hasta catorce años de edad inclusive, titulares de la Asignación Universal por Embarazo (AUE) y titulares de la. Asignación Universal por Hijo con Discapacidad, sin límite de edad.
Que a nivel municipal se han desplegado políticas sociales en el marco de la Pandemia y que han tenido continuidad al día de la fecha en materia de prestación alimentaria. Por ello es destacable el rol de los puntos solidarios que articulan con la Secretaría de Niñez y Desarrollo Social y cumplen un rol de cercanía en materia de ejecución de la política social.
Que, en virtud de lo descripto y en pos de atender las necesidades primarias de todos los quilmeños y quilmeñas, el cual constituye un eje rector e impostergable de la gestión pública estatal, resulta indispensable adoptar las medidas y políticas públicas tendientes a satisfacer los requerimientos alimenticios de los sectores más vulnerables y postergados de la sociedad.
Que en razón de lo expuesto y en virtud de las necesidades que afectan a la comunidad, es razonable disponer de la prórroga de la Emergencia Alimentaria por un término de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos a partir de la finalización del plazo de la última prórroga vigente.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 14246/2024
ARTICULO 1°: PRORROGASE LA EMERGENCIA ALIMENTARIA declarada por la Ordenanza Nº 13312/2019 y prorrogada en último término por la Ordenanza Nº 13972/2023 para todo el territorio del Partido de Quilmes, por el plazo de 365 (trescientos sesenta y cinco) días corridos a partir del vencimiento de la Ordenanza Nº 13972/2023 en los términos establecidos en ella.
ARTICULO 2°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
QUILMES, 26 de Noviembre de 2024.
Fdo. FLORENCIA M. ESTECHE, Presidenta del H.C.D.
Dra. EDITH O. LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.246/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 26 de noviembre de 2024.-ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro neral, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Decreto Nº 3737/2024