Boletines/Quilmes
Ordenanza Nº 14238/2024
Quilmes, 03/12/2024
VISTO: el Expediente Nº HCD-O-2-30295-2024; y
CONSIDERANDO:
Que el Honorable Concejo Deliberante, en actuaciones tramitadas bajo el expediente referido, ha sancionado la Ordenanza Nº 14.238/2024 en la Sesión Ordinaria del día 26 de Noviembre del 2024, cuyo texto expresa:
VISTO:
El Expediente Nº 2-30295-HCD-2024 Presentado por las y los Concejales FLORENCIA HERNANDEZ, EVA MIERI, EZEQUIEL ARAUZ, MARIANO CASADO, JOSE LUIS CONTRERAS, FEDERICO D'ANGELO, FLORENCIA ESTECHE, EVELIN GIANCRISTOFORO, GABRIEL IBARRA, KARINA JARA, MARIA BELEN MARON, ROSALINA MENDOZA. Ref.: La necesidad de crear nuevas herramientas de planificación, contención y fomento laboral para todos los vecinos y vecinas de Quilmes que se especializan en oficios, y
CONSIDERANDO:
Que en la República Argentina, se sancionaron Leyes como la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Personas Mayores (Ley Nº 27360) y la Ley de Contrato de Trabajo (Ley Nº 20744) para garantizar la dignidad y los derechos de un segmento creciente de la Población las personas mayores.
Que las Leyes antes mencionadas son cruciales en un contexto donde el envejecimiento de la Población plantea profundos desafíos sociales y económicos.
Que el objetivo principal de la Ley Nacional Nº 27360 es promover y proteger integralmente los derechos de las personas mayores, asegurando su inclusión y participación activa en la Sociedad.
Que la Ley Nacional Nº 20744 busca regular las relaciones laborales, prohibiendo la discriminación por edad y garantizando condiciones de trabajo justas.
Que es indispensable el diseño de políticas públicas que acompañen las trayectorias de una Población que ha trabajado toda su vida.
Que se necesita la contención de un Estado sensible y eficiente para incentivar nuevas prácticas que garanticen el desarrollo de una vida digna.
Que existe un prejuicio generalizado que asocia la edad con la falta de habilidades tecnológicas y adaptabilidad, lo que afecta la difusión del trabajo y a su vez, la contratación.
Que la discriminación por edad es una realidad en muchos sectores, lo que puede desincentivar a los empleadores a contratar a personas mayores.
Que el Pueblo de Quilmes tiene talento, profesionalismo y necesita tener la oportunidad de mostrarlo y difundirlo.
Que es una prioridad de este Honorable Concejo Deliberante fomentar el respeto y la equidad, contribuyendo así a construir el Quilmes inclusivo y justo que nos merecemos.
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, SANCIONA
ORDENANZA
ORDENANZA Nº 14238/2024
ARTICULO 1º: CREASE el Primer Registro Municipal de Especialistas en Oficios mayores de 45 años de Quilmes.
ARTICULO 2°: Los requisitos para la inclusión en el Registro creado en el Artículo 1º serán la residencia real y legal en Quilmes, la acreditación de habilidades y conocimientos específicos en un área determinada, cuenten o no con título habilitante o matrícula y todos aquellos requisitos que la autoridad de uso y aplicación considere.- ARTICULO 3°: Los oficios que conformarán al Registro creado en el Artículo 1º son los siguientes y podrán estar sujetos a modificación según considere la autoridad de uso y aplicación:
ARTICULO 4°: El primer Registro Municipal de Especialistas en Oficios deQuilmes tendrá los siguientes objetivos:
a. Recopilar información sobre oferta y demanda de oficios.
ARTICULO 5°: CONSIDERASE competente para la aplicación de la presente Ordenanza a la Agencia de Fiscalización, Control Comunal y Desarrollo Económico a través de la subárea correspondiente. Así mismo, podrá intervenir, en su caso, cualquier otro Organismo o Dependencia que el Departamento Ejecutivo determine como pertinente, relevante y capacitado para la efectiva implementación, ejecución y supervisión de los objetivos y disposiciones establecidas en la presente Normativa.
ARTICULO 6°: AUTORIZASE al Departamento Ejecutivo a reglamentar la presente Ordenanza, con el fin de asegurar su correcta implementación, funcionamiento y aplicación.
ARTICULO 7º: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro General y ARCHIVESE.
QUILMES, 26 de Noviembre de 2024.
Fdo. FLORENCIA M. ESTECHE, Presidenta del H.C.D.
Dra. EDITH O. LLANOS, Secretaria Legislativa del H.C.D.
Que el presente decreto promulgatorio se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el artículo 108 inc. 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 y modificatorias vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL
DECRETA:
ARTÍCULO 1°: PROMÚLGASE la Ordenanza Nº 14.238/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante, en la Sesión Ordinaria del día 26 de noviembre de 2024.-ARTÍCULO 2°: DISPÓNESE que el- presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 3°: DÉSE al Registro General, PUBLÍQUESE y ARCHÍVESE.-
Lic. Alejandro E. Gandulfo Dr. Claudio H. Carbone Mayra S. Mendoza
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes Municipalidad de Quilmes
Decreto Nº 3730/2024