Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 2194/24
Mar Chiquita, 22/11/2024
Visto
El Expte. N° 213/12;
El expediente Judicial Nº 15.617 caratulado “KRANEVITTER ALICIA AMALIA C/ MUNICIPALIDAD DE MAR CHIQUITA Y OTRO/A S/ PRETENSION ANULATORIA - EMPL.PUBLICO”, de trámite por ante el Juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 Departamental; y
Considerando
Que S.S. establece que del sumario administrativo contra la Sra. Kranevitter N° 213/12, no se ha procedido a dictaminar el Acto Administrativo que de cierre definitivo al mencionado expediente;
Que conforme el Estatuto de Empleado Municipal Ley 11.757, es obligación del ente estatal dictaminar la absolución, sobreseimiento o sanción que diera motivo al inicio del sumario administrativo pertinente;
Ahora bien, al decir del magistrado “Bajo tal óptica, considero que se mantiene vigente el interés de la actora en obtener la resolución del sumario administrativo, a pesar de haber operado el cese de la relación laboral, por lo que dicho cuestionamiento impetrado por la actora en la directriz apuntada, no ha caído en abstracto”;
Que no obstante lo expuesto, en la Sentencia de fecha de 03/07/2024, se ordena a la Municipalidad de Mar Chiquita para que, dentro del plazo de noventa (90) días hábiles administrativos, proceda a dictar el acto administrativo definitivo en el sumario administrativo N° 213/12, bajo apercibimiento de perder la potestad disciplinaria;
Que, conforme lo normado por el Art. 69 inc. b de la ley 11.757, el poder disciplinario de la Administración Municipal se encuentra extinto, no siendo relevante la resolución del Sumario iniciado, a los efectos de modificar la causa del cese. Ello así, toda vez que el mismo operó en virtud de la finalización del contrato laboral. Es por ello que cabe concluir el mismo con el acto administrativo de Sobreseimiento de la Sra. Kranevitter, en relación al sumario administrativo N° 213/12.-
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E TA
ARTICULO 1º: SOBRESEASE, a la Sra. Alicia Amalia Kranevitter, D.N.I. 11.508.474, en relación al Sumario Administrativo N° 213/12, conforme los Considerandos expuestos en el presente.
ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 3º: NOTIFIQUESE, a la interesada en legal forma, comuníquese a quienes demás corresponda y dese al Registro Oficial.