Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 2193/24
Mar Chiquita, 22/11/2024
Visto
La nota presentada por el Secretario de Salud solicitando la designación del siguiente profesional para prestar atención en los distintos centros asistenciales del partido; y
Considerando
Que de acuerdo a lo previsto por la ley Orgánica de las Municipalidades en sus artículos 108 inc. 9, y 178 inc. 1º y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados Municipales y personal temporario;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
DECRETA
ARTICULO 1º: DESIGNASE, como PERSONAL de PLANTA TEMPORARIA, que prestará atención profesional en los DISTINTOS CENTROS ASISTENCIALES, dependiente de la SECRETARÍA DE SALUD, a partir del día 22 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2024 inclusive, a la siguiente persona:
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NOMBRE Y APELLIDO |
LEG. |
DATOS PERSONALES |
HORARIOS |
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BRESTOLLI, Daniel Fernando |
4573 |
DNI 16.365.473 CUIL 20-16365473-4 Fecha de Nacimiento 15/03/1963 Médico |
Hospital Municipal de Coronel Vidal: GUARDIAS PEDIATRICAS ACTIVAS DE 12 HS DIAS HABILES
Guardias pediátricas activas de 24 hs feriados y fin de semana
Consultorio Especialista Medico 4 hs
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DOMINGUEZ Eduardo Rubén |
1596 |
DNI 16.891.873 CUIL 23-16891873-9 Fecha de Nacimiento 19/08/1963 Medico |
Hospital Municipal de Coronel Vidal: Guardias Pediátricas Activas de 24 hs feriados y fin de semana
Guardias Pediátricas activas de 24 hs feriados y fin de semana
Consultorio Especialista Medico 4 hs
Caps de Santa Elena Consultorio especialista medico de 4 hs
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ARTICULO 2º: El gasto ordenado en el artículo 1° será imputado a la jurisdicción 1110128000 Programa 80 del Presupuesto de Gastos vigente.
ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud Pública informará a la Contaduría Municipal las guardias médicas realizadas por el profesional citado hasta el día 15 de cada mes.
ARTICULO 4 º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Sr. Ricardo Ludovico Gordon y por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.
ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, a los interesados en legal tiempo y forma, a quienes demás corresponda, y dese al Registro Oficial.