Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº2193/24

Decreto Nº 2193/24

Mar Chiquita, 22/11/2024

Visto

La nota presentada por el Secretario de Salud solicitando la designación del siguiente profesional para prestar atención en los distintos centros asistenciales del partido; y

Considerando

Que de acuerdo a lo previsto por la ley Orgánica de las Municipalidades en sus artículos 108 inc. 9, y 178 inc. 1º y concordantes, es facultad del titular del Departamento Ejecutivo designar a sus Secretarios, Directores, Asesores, Delegados Municipales y personal temporario;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

DECRETA

ARTICULO 1º: DESIGNASE, como PERSONAL de PLANTA TEMPORARIA, que prestará atención profesional en los DISTINTOS CENTROS ASISTENCIALES, dependiente de la SECRETARÍA DE SALUD, a partir del día 22 de noviembre y hasta el 31 de diciembre de 2024 inclusive, a la siguiente persona:

NOMBRE Y APELLIDO

LEG.

DATOS PERSONALES

HORARIOS

BRESTOLLI, Daniel Fernando

4573

DNI 16.365.473

CUIL 20-16365473-4

Fecha de Nacimiento

15/03/1963

Médico

Hospital Municipal de Coronel Vidal:

GUARDIAS PEDIATRICAS ACTIVAS DE 12 HS DIAS HABILES

  • Lunes de 08:00 a 20:00 hs
  • Jueves de 08:00 a 20:00 hs

Guardias pediátricas activas de 24 hs feriados y fin de semana

  • Sábados de 08:00 a 08:00 hs
  • Domingos de 08:00 A 08:00

Consultorio Especialista Medico 4 hs

  • Martes de 18:00 a 22:00 hs
  • Miércoles de 14:00 a 18:00 hs

DOMINGUEZ Eduardo Rubén

1596

DNI 16.891.873

CUIL 23-16891873-9

Fecha de Nacimiento

19/08/1963

Medico

Hospital Municipal de Coronel Vidal:

Guardias Pediátricas Activas de 24 hs feriados y fin de semana

  • Lunes de 08:00 a 08:00 hs
  • Martes de 08:00 a 08.00 hs

Guardias Pediátricas activas de 24 hs feriados y fin de semana

  • Sábados de 08:00 a 08:00

Consultorio Especialista Medico 4 hs

  • Miércoles de 08:00 a 16:00
  • Jueves de 08:00 a 16:00

Caps de Santa Elena

Consultorio especialista medico de 4 hs

  • Viernes de 08:00 a 16:00

ARTICULO 2º: El gasto ordenado en el artículo 1° será imputado a la jurisdicción 1110128000 Programa 80 del Presupuesto de Gastos vigente. 

ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud Pública informará a la Contaduría Municipal las guardias médicas realizadas por el profesional citado hasta el día 15 de cada mes.

ARTICULO 4 º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Salud Sr. Ricardo Ludovico Gordon y por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.

ARTICULO 5º: NOTIFIQUESE, a los  interesados en legal tiempo y forma, a quienes demás corresponda, y dese al Registro Oficial.