Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº2108/24

Decreto Nº 2108/24

Mar Chiquita, 11/11/2024

Visto

La solicitud efectuada por el Secretario de Cultura y Educación a efectos de que se declare de Interés Municipal las actividades a realizarse por el “DÍA INTERNACIONAL DE LA MÚSICA”; y

Considerando

Que, se celebra el Día Internacional de la Música, una fecha dedicada a rendir homenaje a todos los músicos y a aquellos que disfrutan de la música como una expresión artística y cultural fundamental;

Que, en esta conmemoración, se reconoce el valor de la música en la integración de los pueblos, el fomento de la creatividad, y el desarrollo de la identidad cultural de las comunidades;

Que, con el fin de promover y difundir la música en nuestra localidad, se llevará a cabo un encuentro de coros y la presentación de la Orquesta Infanto Juvenil, actividades que contribuirán a la apreciación y el disfrute de las artes musicales;

Por ello, se considera oportuno celebrar esta fecha con un evento cultural que destaque la importancia de la música y fomente el talento y la participación de los jóvenes músicos de nuestra comunidad;          

Que, el encuentro se llevará a cabo desde el día 22 de Noviembre del corriente año en la localidad de Coronel Vidal;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1º: DECLARASE, de INTERÉS MUNICIPAL las actividades a realizarse por el “DÍA INTERNACIONAL DE LA MÚSICA”, a realizarse el día 22 de Noviembre del corriente año en la localidad de Coronel Vidal, atento a los considerandos del presente. 

ARTICULO 2º: AUTORIZASE, a abonar los gastos que demanden las actividades citadas en el Artículo 1º según el siguiente detalle:

  • Contratación de artistas.
  • Alquiler de escenario, sonido e iluminación.
  • Servicio de publicidad.
  • Catering.
  • Productos descartables.
  • Traslados varios.
  • Servicio fotográfico y filmación.
  • Locución.
  • Material de librería.
  • Gráfica y cartelería.
  • Alojamiento.
  • Servicio de impresión.
  • Alquiler de equipos electrógenos.
  • Alquiler de baños químicos.
  • Obsequios.
  • Productos alimenticios.
  • Desayunos, almuerzos, meriendas y cenas.
  • Alquiler de carpas y/o gazebos.
  • Alquiler de pantalla.

ARTICULO 3°: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Cultura y Educación Sr. German Gustavo Montes y por la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera.

ARTICULO 4°: COMUNÍQUESE, a quienes corresponda. Regístrese, publíquese y archívese.