Boletines/Mar Chiquita

Decreto Nº2130/24

Decreto Nº 2130/24

Mar Chiquita, 14/11/2024

Visto

La comunicación cursada por el Honorable Concejo Deliberante por la que se pone en conocimiento del Departamento Ejecutivo la sanción de la Ordenanza Nº 102/2024; y

Considerando

Que dicha Ordenanza fue comunicada al D.E. en el día de la fecha;

Que, por la misma se condona a la Asociación de Fomento Balneario Parque Mar Chiquita, la deuda por Tasa Municipal correspondiente al año 2023;

Que, de conformidad a lo establecido en el Artículo 108 inc. 2) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, es atribución del D.E. la promulgación de Ordenanzas;

Por ello,

EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,

D E C R E T A

ARTICULO 1°: PROMULGUESE, la Ordenanza Municipal N° 102/2024, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13/11/2024, cuya copia, como anexo, forman parte del presente Decreto. 

ARTICULO 2º: El presente decreto será refrendado por el Secretario de Gobierno Dr. Facundo Ariel Bochicchio.

ARTICULO 3º: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.

ORDENANZA

 

VISTO

La ley Orgánica de la Municipalidades Decreto Ley 6769/58;

Nota presentada por el señor Hernán Zamorano, DNI 24.251.933, presidente de la Asociación de Fomento Balneario Mar Chiquita y;

CONSIDERANDO

Que dicha institución intermedia sin fines de lucro, con domicilio en Av. San Martín y José Ingenieros de la localidad de Balneario Parque Mar Chiquita, constituida el 27 de octubre de 1964, con número de matrícula 14.813 y legajo 13.847 de DPPJ de la Pcia. De Bs. As., trabaja para la comunidad del Balneario, articulando actividades sociales con el estado municipal;
Que esta asociación se sostiene con un subsidio otorgado por el municipio y aportes que hacen socios a través de una cuota social;
Que dichos recursos se utilizan para solventar gastos de mantenimiento de la sede para ofrecer instalaciones acordes a las necesidades de los usuarios que realizan diversas actividades en el edificio;
Que la Institución cumple con los requisitos exigidos en la Ordenanza 037/93 que regula el Registro de Entidades de Bien Público, habiendo presentado toda la documentación respaldatoria ante esta Municipalidad de Mar Chiquita;
Que conforme registros municipales, la entidad resulta ser titular del inmueble N°1290900 (Nomenclatura Catastral: Cir. 4; Secc. K; Manzana 38; Parcela 14);
Que se considera que no existen impedimentos legales a efectos de considerar lo solicitado;

POR ELLO

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAR CHIQUITA EN USO DE SUS FACULTADES SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA

ARTICULO 1°: CONDONESE a la Asociación de Fomento Balneario Parque Mar Chiquita, titular del inmueble Nomenclatura Catastral: Cir. 4; Secc. K; Manzana 38; Parcela 14,  la deuda por tasa Municipal correspondiente al año 2023 por los vistos y considerandos mencionados anteriormente.

ARTICULO 2°: COMUNIQUESE al Departamento Ejecutivo, a los interesados y a quien corresponda, regístrese y cumplido archívese. 

ORDENANZA N°102
Dada en el recinto del Honorable concejo Deliberante a los 13 días del mes de noviembre del año 2024.-