Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 2052/24
Mar Chiquita, 01/11/2024
Visto
El Expte N° 703/24 por el que tramita el Llamado a LICITACIÓN PÚBLICA N°09/24 “AMPLIACIÓN RESIDENCIA FEMENINA E.E.A N°1”; y
Considerando
Que por Decreto Municipal Nº 1732 de fecha 23 de septiembre de 2024, se realiza el llamado a Licitación Pública N°09/24 con un Presupuesto Oficial de Pesos TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 04/100 CENTAVOS ($340.630.683,04,00);
Que en fecha 30 de octubre de 2024 se realizó el acto de apertura, no presentándose ningún oferente;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1º: DECLARASE DESIERTA la LICITACIÓN PÚBLICA N°09/24 “AMPLIACIÓN RESIDENCIA FEMENINA E.E.A N°1”, que fuera dispuesto por Decreto Municipal Nº 1732/24, atento a lo manifestado en los considerandos del presente.
ARTICULO 2º: LLAMASE, A LICITACIÓN PÚBLICA N°09/24 “AMPLIACIÓN RESIDENCIA FEMENINA E.E.A N°1” (SEGUNDO LLAMADO), con un Presupuesto Oficial de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y TRES CON 04/100 CENTAVOS ($340.630.683,04,00).
ARTICULO 3º: FIJASE LA APERTURA de propuestas para el día 11 de diciembre de 2024 a las 10:00 horas, en la Oficina de Compras cito Beltrami N° 50 Coronel Vidal.
ARTICULO 4º: FIJASE el valor del Pliego de Bases y Condiciones en PESOS SEISICENTOS OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO CON 36/100 CENTAVOS ($ 681.261,36,00).
ARTICULO 5º: El Pliego de Bases y Condiciones podrá ser adquirido y/o consultado en el Departamento de Recaudación del Palacio Municipal, a partir del 15 de noviembre del corriente, en el horario de 7:30 a 12:00 hasta un (1) día antes de la apertura.
ARTICULO 6º: INTEGRASE, la COMISIÓN EVALUADORA para la adjudicación de la Licitación Pública Nº 09/24 (segundo llamado), la que quedará conformada de la siguiente manera:
Secretario de Obras Públicas y Planeamiento Urbano Interino Ad Honorem Dr. Bochicchio Facundo Ariel;
Contadora Municipal CPN Anabela Rosalía Ferreyra; y
Secretario de Cultura y Educación Sr. German Gustavo Montes.
ARTICULO 7º: PROSÍGANSE, las actuaciones a través del Departamento de Compras y Suministros.
ARTICULO 8º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Economía Sra. Lallera Marcela Cecilia.
ARTICULO 9º: NOTIFÍQUESE a quienes corresponda y dése al Registro Oficial.