Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1981/24
Mar Chiquita, 25/10/2024
Visto
La solicitud efectuada por la Sra. María de la Paz Ciantino, D.N.I. 32.383.766 de fecha 04 de septiembre de 2024; y
Considerando
Que mediante la presentación citada, la Sra. Ciantino -quien resultara adjudicada, en el marco de la LICITACION PUBLICA N° 17/23, de la concesión de la UTF SECTOR 5 SANTA CLARA DEL MAR- viene a peticionar se autorice a hacer uso de la facultad prevista en el Art. 42° del Pliego de Bases y Condiciones, y en consecuencia se le otorgue autorización a ceder el contrato de concesión N° 434/2023 en favor de la firma “Soñada 728396 S.R.L.”, C.U.I.T.: 30-7183226-5;
Que se ha dado cumplimiento a todos los recaudos y/o requisitos previstos en la norma mencionada, esto es Arts. 3° y 14° del Pliego de Bases y Condiciones;
Que, considerando que debe resguardarse debidamente los bienes municipales en juego, corresponde establecer que la Sra. Ciantino será solidariamente responsable ante el Municipio por los incumplimientos en los que pudiera incurrir la nueva sociedad concesionaria. Asimismo correspondería que una vez efectivizada la cesión contractual, se notifique a este Municipio la misma acompañando los instrumentos que acrediten tal circunstancia;
Que, teniendo en cuenta todas las consideraciones vertidas y de la documentación acompañada por el peticionante, surge que la firma “Soñada 728396 S.R.L.” cumple con todos los requisitos establecidos originalmente por el pliego de bases y condiciones, por lo cual corresponde dictar el pertinente acto administrativo, aclarando que, en los plazos establecidos en el Art. 36° del P.B.C. (10 días hábiles), la nueva sociedad deberá acompañar la póliza o garantía de contrato exigida por el Art. 32° de la norma mencionada;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTICULO 1°: AUTORIZASE, la cesión del Convenio de concesión N° 434/2023 suscripto entre el Municipio de Mar Chiquita y la Sra. María de la Paz Ciantino, D.N.I. 32.383.766, a favor de la Firma “Soñada 728396 S.R.L.”, C.U.I.T.: 30-7183226-5, en los términos del Artículo 42° del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 17/23, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente decreto, dejando expresamente estipulada la responsabilidad solidaria de ambas frente al Municipio de Mar Chiquita.
ARTICULO 2°: ESTABLEZCASE, un plazo de Diez (10) días hábiles, desde la notificación del presente decreto, a efectos que el nuevo concesionario notifique los términos de la cesión, como así también acredite haber constituido los seguros pertinentes en las formas prescriptas en pliego de bases y condiciones.
ARTICULO 3°: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Economía Sra. Lallera Marcela Cecilia y el Secretario de Turismo y Ambiente Sr. Diego Ginestra.
ARTICULO 4°: COMUNIQUESE a quienes corresponda, dése al Registro Oficial y publíquese.