Boletines/Mar Chiquita
Decreto Nº 1935/24
Mar Chiquita, 17/10/2024
Visto
El Expte N° 789/24 donde obra agregada la solicitud efectuada por la “Asociación Vecinal de Fomento Mar de Cobo” a efectos que el Municipio le brinde ayuda económica para realizar reformas en el sector de la cocina de la sede; y
Considerando
Que la entidad ha manifestado la imperiosa necesidad de realizar reformas en el sector de la cocina de la sede incluyendo trabajos preliminares, estructura H° A°, albañilería, construcción en seco, revestimientos, pisos y zócalos, cubiertas y techados, carpinterías y mobiliarios, instalación eléctrica, instalación sanitaria e instalación de gas y pintura completa de todo el sector, dado que la antigüedad y el uso continuo del espacio requieren una modernización para brindar un servicio adecuado a la comunidad. Este espacio es utilizado por los vecinos en distintos eventos, como cumpleaños y fiestas, lo que fortalece los lazos comunitarios;
Que el Delegado de Mar Chiquita, Sr. Edgardo Veble, informa que en este establecimiento se dictan talleres y cursos de la Secretaría de Cultura y Educación, y que además es utilizado por la Secretaría de Deportes para el desarrollo de diversas actividades deportivas del Municipio, por lo que considera necesaria su adecuación;
Que esta Administración estima procedente acceder a lo solicitado atento que ello significará un importante aporte a la comunidad de Mar de Cobo;
Por ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS FACULTADES LEGALES,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º: OTÓRGASE, un subsidio a la “ASOCIACION VECINAL DE FOMENTO DE MAR DE COBO”, destinado a solventar los gastos que demande las reformas en el sector de la cocina incluyendo trabajos preliminares, estructura H° A°, albañilería, construcción en seco, revestimientos, pisos y zócalos, cubiertas y techados, carpinterías y mobiliarios, instalación eléctrica, instalación sanitaria e instalación de gas y pintura completa de todo el sector, de acuerdo a lo fundamentado ut-supra, con cargo de rendición de cuentas.
ARTICULO 2º: NOTIFICAR, a la Institución que deberá presentar a la Contaduría Municipal, la documentación correspondiente a efectos de la rendición de cuentas requerida.
ARTICULO 3º: PROSIGANSE, las actuaciones administrativas pertinentes a través de la Oficina de Compras.
ARTICULO 4°: El gasto ordenado en el Artículo 1° será imputado a la Unidad Ejecutora 1110135000 Delegación Mar Chiquita – Categoría Programática 01.01.00 – Partida 5.1.7.0 - Fuente de Financiamiento 110.
ARTICULO 5°: El presente Decreto será refrendado por la Secretaria de Economía Sra. Marcela Cecilia Lallera.
ARTICULO 6°: COMUNIQUESE, a quienes corresponda y dese al Registro Oficial. -