Boletines/Campana
Decreto Nº 995/24
Campana, 04/10/2024
EX-2024-00076235-MUNICAM-DGD#SMOD Ayuda económica Sra. Daniela Soledad Bustos
Visto
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/2017; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; el Decreto N° 184/2022 (t.v.); y el EX-2024-00076235-MUNICAM-DGD#SMOD; y
Considerando
Que luce nota presentada por la Sra. Daniela Soledad Bustos (D.N.I. Nº 34.374.172) mediante la cual solicita una ayuda económica para participar en el “34° Campeonato Nacional de Karate - Do Kyudokan Argentina” que se realizará en la Ciudad de Castelli, Provincia de Chaco, el día 12 de octubre del corriente año, a fin de mantener el primer puesto en el ranking nacional; la misma estará destinada a solventar gastos de viáticos, comidas, indumentaria, inscripción a la competencia, entre otros. Asimismo, se acompaña documental referida al citado campeonato y copia del D.N.I. de la solicitante domiciliada en la calle Moreno N° 1050 de nuestra ciudad.
Que la Dirección de Deportes manifiesta conocer el desempeño, logros obtenidos y proyección deportiva de la joven y, sin objeciones que consignar al respecto, considera favorable colaborar con el desarrollo de su carrera y crecimiento deportivo.
Que la Dirección de Asuntos Políticos, por disposición del Señor Intendente Municipal, indica que se otorgue una ayuda económica por la suma de Pesos Un Millón con 00/100 Centavos ($1.000.000,00.-).
Que las Autoridades Municipales hacen suyo el deber de contribuir, en la medida de sus posibilidades, con jóvenes deportistas campanenses con el objeto de promover su carrera y crecimiento deportivo.
Que luce Solicitud de Modificaciones Presupuestarias, adjunto por la Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura.
Que la Dirección de Presupuesto Municipal ratifica la imputación presupuestaria mencionada. No obstante, se informa que se toma conocimiento de la Solicitud de Modificaciones Presupuestarias, el cual será tenido en cuenta en el próximo Decreto de compensación de partidas presupuestarias con crédito insuficiente que se confeccione.
Que la Contaduría Municipal toma conocimiento e informa que la Sra. Daniela Soledad Bustos no adeuda rendiciones de subsidios entregados anteriormente al día de la fecha. No obstante, informa que no tendrá objeciones de carácter contable que formular una vez suscripto el Decreto de Compensación de Partidas Presupuestarias con crédito insuficiente.
Que la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta que no posee objeciones económicas ni financieras respecto de la ayuda económica a otorgar a la Sra. Daniela Soledad Bustos.
Que la Jefatura de Gabinete toma conocimiento, otorgando continuidad a las actuaciones
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), asimismo se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (t.v.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Otórgase a la Sra. Daniela Soledad Bustos (D.N.I. Nº 34.374.172) con domicilio en calle Moreno N° 1050 de la Ciudad de Campana, una ayuda económica por la suma de Pesos Un Millón con 00/100 Centavos ($1.000.000,00.-) destinada a solventar gastos de viáticos, comidas, indumentaria, inscripción a la competencia, entre otros, para participar en el “34° Campeonato Nacional de Karate - Do Kyudokan Argentina”, el cual se llevará a cabo en la Ciudad de Castelli, Provincia de Chaco el día 12 de octubre del corriente año, en un todo de acuerdo al EX-2024-00076235-MUNICAM-DGD#SMOD.-
ARTÍCULO 2º.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto precedentemente, se tomarán de la Jurisdicción 1110129000 “Secretaría de Inclusión, Educación y Cultura”, Categoría Programática 21.01 “Gestión Promoción del Deporte”, Partida Presupuestaria 5.1.4 “Ayudas Sociales a Personas”, Fuente de Financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 3º.- Establécese que la beneficiaria deberá presentar ante la Contaduría Municipal conforme a los términos de los Artículos 131° a 134° del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de la Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, y del Artículo 50° y concordantes del Capítulo I – Disposiciones Generales del Decreto Provincial Nº 2980/2000, dentro de los treinta (30) días contados desde la fecha de efectuado el cobro del subsidio que se le concede, la rendición de cuentas documentada de su inversión. La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar al mismo del derecho a percibir nuevos beneficios, conforme lo determina el Artículo 51° de la norma provincial antes citada; debiendo asimismo proceder a la devolución del monto otorgado.-
ARTÍCULO 4º.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina; el Señor Secretario de Economía y Hacienda; la Señora Secretaria de Inclusión, Educación y Cultura; y el Señor Jefe de Gabinete.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-