Boletines/Campana
Decreto Nº 992/24
Campana, 03/10/2024
Expediente Municipal N° 4016-41342-9-2017 Retiro Voluntario Sr. Jorge Daniel HASSELL.
Visto
El Decreto Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); la Ley Provincial N° 14.656; el Convenio de la “Convención Colectiva de Trabajadores Municipales” y su modificatoria, suscriptas el 30 de octubre de 2015 y el 17 de noviembre del mismo año respectivamente, en el marco previsto por dicha Ley y convalidados por Ordenanza N° 6412/2015; la Ordenanza Nº 6613 promulgada por el Decreto Nº 537/17; la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización; los Decretos Nº 0661/17 (t.v.) y N° 184/2022 (t.v.) y el Expediente Municipal N° 401641342-9-2017; y
Considerando
Que obra Formulario Solicitud de Retiro Voluntario mediante la cual el agente Sr. Jorge Daniel HASSELL ha solicitado la adhesión al Régimen de Retiro Voluntario implementado para el personal de la Municipalidad del Partido de Campana mediante Decreto Nº 0661/2017 (t.v.), con arreglo a lo determinado en la Ley Provincial Nº 14.656.
Que el nombrado agente, a través del Acta Acuerdo celebrada el 29 de agosto de 2024 entre el mismo y este Municipio, ratificó ante la Delegación Regional de Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, su voluntad de rescindir el Contrato de Trabajo que mantiene con esta Comuna, desde esa fecha.
Que, según las Cláusulas Primera y Segunda de dicha Acta, se ha llegado a acordar que la Municipalidad le otorgaría las suma de PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON 00/100 CENTAVOS ($5.095.380,00.-); a abonar en TRES PAGOS de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 CENTAVOS ($1.698.460,00.-); a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 10 de octubre, 8 de noviembre y 6 de diciembre, todas las fechas del año 2024.
Que, por realizarse el pago a través de la Delegación Regional Campana de la Secretaría de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, se debe depositar el nueve por ciento (9 %) de la suma indemnizatoria en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires.
Que a tal fin se informa la afectación presupuestaria que se debe asignar a la erogación, contando con el aval de la Secretaría de Economía y Hacienda.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos, Administrativos, Legislativos y Empleo Público interviene y obra dictamen.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones otorgadas por el artículo 108º del Decreto Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), asimismo, se dicta en los términos de la Ordenanza Nº 6613, promulgada por el Decreto Nº 537/17, y dentro de lo contemplado en el artículo Nº 1 de la Resolución Conjunta Nº 008/2018 (t.v.) de la Secretaría Técnica, Administrativa y Legal y la Secretaría de Modernización.
Que la refrenda del presente acto administrativo se debe realizar en virtud de lo establecido en el Decreto N° 184/2022 (tv.).
Por ello,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE CAMPANA, DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Acéptase con retroactividad al 29 de agosto de 2024, el Retiro Voluntario solicitado por el Sr. Jorge Daniel HASSELL (D.N.I. Nº 30.418.739), legajo personal Nº 6237, quien revista como Técnico Administrativo IV – (Administrativa) - Clase IV - Agrupamiento Personal Técnico Administrativo, con 48 horas semanales de labor, dependiente de la Secretaría de Seguridad y Prevención Ciudadana, Jefatura de Gabinete.-
ARTÍCULO 2°.- Concédese en virtud de lo previsto en la Cláusula 1º del Acta Acuerdo celebrada el 29 de agosto de 2024 entre el Sr. Jorge Daniel HASSELL y este Municipio, con carácter de única y total indemnización, la suma total convenida que asciende a PESOS CINCO MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA CON 00/100 CENTAVOS ($5.095.380,00.-); a abonar en TRES PAGOS de PESOS UN MILLON SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS SESENTA CON 00/100 CENTAVOS ($1.698.460,00.-); a través de la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires a realizarse los días 10 de octubre, 8 de noviembre y 6 de diciembre todas las fechas del año 2024.-
ARTÍCULO 3°.- Autorízase a la Contaduría Municipal a abonar en la Sucursal Campana del Banco de la Provincia de Buenos Aires, el nueve por ciento (9 %) de la suma mencionada en el artículo 2º, en concepto de arancel por la actuación administrativa realizada por la Delegación Regional Campana del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires, con motivo de la celebración del Convenio arribado entre el agente mencionado en el artículo 1º y este Municipio.-
ARTÍCULO 4°.- Dispónese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 1º se tomarán de la estructura programática correspondiente a la Jurisdicción 1110114000 – Secretaría de Prevención Ciudadana, del Presupuesto General de Gastos para el año 2024.-
ARTÍCULO 5°.- Refréndase el presente Decreto por la Señora Secretaria Técnica, Administrativa y Legal Interina, el Señor Secretario de Economía y Hacienda y el Señor Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 6°.- Regístrese; comuníquese; notifíquese; y archívese.-