Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1429/24
Coronel Pringles, 03/09/2024
Visto
el Expediente Nº 1.949/24 iniciado por el Secretario de Gobierno y Seguridad, Sr. Jackson Sergio; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita autorización para proceder a realizar la compra de un Motopulverizador Tornado ULV, para el área de Bromatología (Comité de Crisis del distrito);
Que la pulverización es una técnica que se implementa para prevención de plagas y enfermedades, siendo el pulverizador una herramienta crucial para garantizar la seguridad de las personas y el medio ambiente;
Que en épocas de calor, la fumigación colabora en la reducción de insectos, utilizándose para disminuir la cantidad de mosquitos adultos infectados que podrían transmitir enfermedades a personas sanas, cortando así el ciclo de transmisión;
Que por lo expuesto se llama a Concurso de Precios Nº 38/24 para la “Compra de Motopulverizador”, con un Presupuesto Oficial de $8.200.000,00, fijando el día 12 de septiembre de 2024 la apertura de propuestas, a la hora 10,00 en la Oficina de Compras de la Municipalidad;
Por ello; en uso de las facultades que le son propias;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1°: Apruébese el Pliego de Bases y Condiciones del Concurso de Precios N° 38/24 para “Compra de Motopulverizador”, con un Presupuesto Oficial de OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($8.200.000,00).
ARTICULO 2°: Llámese a Concurso de Precios N° 38/24 para “Compra de Motopulverizador”, con un Presupuesto Oficial de OCHO MILLONES DOSCIENTOS MIL ($8.200.000,00), para ser utilizado contra la prevención de plagas y enfermedades en nuestro distrito, fijando el día 12 de septiembre de 2024 la apertura de propuestas, a la hora 10,00 en la Oficina de Compras de la Municipalidad.
ARTICULO 3°: Lo dispuesto en el artículo 2° se atenderá por Jurisdicción 1110118000 “Secretaría de Gobierno y Seguridad”, Categoría Programática 30.00.00. “Bomberos Voluntarios y Otros”, Partida 4.3.9.0. “Equipos Varios” - Fuente de Financiamiento 131 “De Origen Municipal”. Recurso 12.9.23.00 “Tasa Bomberos Voluntarios, Defensa Civil y Comité de Crisis”.
ARTICULO 4°: La Oficina de Compras emitirá las invitaciones a las casas del ramo, inscriptas en el Registro de Proveedores de esta Municipalidad.
ARTICULO 5°: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.429/24.