Boletines/Coronel Pringles
Decreto Nº 1405/24
Coronel Pringles, 29/08/2024
Visto
el Expediente N° 1.926/24 iniciado por la Sra. Saldías Myrian; y
Considerando
Que mediante el mismo solicita la eximición del pago del Impuesto Tasa Municipal por Patente Automotor, del vehículo de su propiedad marca Marca Chevrolet Corsa, Modelo 2010, Tipo Sedan 4 puertas, Dominio IRB281, manifestando que el mismo se encuentra afectado al uso para traslado de su esposo Sr. Juan Ángel Piazza, D.N.I. N° 14.696.200, poseedor del certificado Único de Discapacidad N° 2966324416 (Ley 22.431);
Que lo peticionado se encuadra en lo normado en la Ley de Discapacidad N° 26.378;
Que a fs. 8 la Asesoría Legal informa que se acredita la incapacidad invocada y que el artículo 243° del Código Fiscal Provincial establece que están exentos de impuestos (inciso sustituido por la Ley N° 14880) mientras no se modifique el destino, afectación o condiciones de su procedencia (art. 110° del Cod. Fiscal);
Que por todo lo expuesto se da lugar a lo requerido;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Procédase a la eximición del pago del Impuesto por Patente Automotor del vehículo Dominio IRB281, marca CHEVROLET CORSA, Modelo 2010, Tipo Sedan 4 puertas, modelo año 2010, propiedad de la Sra. SALDÍAS Myrian, D.N.I. N° 20.047.091, manifestando que el mismo se encuentra afectado al uso para traslado de su esposo Sr. Juan Ángel PIAZZA, D.N.I. N° 14.696.200, poseedor del certificado Único de Discapacidad N° 2966324416 (Ley 22.431), en el marco de lo normado en la Ley de Discapacidad N° 26.378 y artículo 243° del Código Fiscal Provincial establece que están exentos de impuestos (inciso sustituido por la Ley N° 14880) mientras no se modifique el destino, afectación o condiciones de su procedencia (art. 110° del Cod. Fiscal).
ARTICULO 2º: Dicha eximición será renovable automáticamente en forma anual hasta el vencimiento del Certificado de Discapacidad el 06/2039, mientras no se modifique el destino, afectación o condiciones de su procedencia (art. 110° del Cód. Fiscal).
ARTICULO 3º: Cúmplase, comuníquese, publíquese, dese al R.O. y archívese.
REGISTRADO BAJO EL N° 1.405/24.