Boletines/Coronel Dorrego
Ordenanza Nº 4576/2024
Coronel Dorrego, 11/09/2024
VISTO: La nota ingresada por Jefatura Distrital; y
CONSIDERANDO: Que en la misma solicita a este Honorable Cuerpo la utilización del espacio correspondiente al Sector del Anfiteatro y la “Plazoleta 16 de Septiembre” del Parque de la Democracia. Que motiva el presente pedido la intención de realizar actividades en el marco del Proyecto “16 de Septiembre – Día de los derechos del estudiante secundario”. Que dicha actividad se realizará el día 16 de Septiembre de 2024 entre las 8:00 y las 13:00 hs, participando en la misma los Centros de Estudiantes Secundarios de la Ciudad Cabecera.
ORDENANZA
POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente: ORDENANZA ARTÍCULO 1º) Autorízase el uso del Espacio Público correspondiente al Anfiteatro y ============= la Plazoleta 16 de Septiembre del Parque de la Democracia a Jefatura Distrital de Coronel Dorrego, el día 16 de Septiembre de 2024 entre las 8:00 y las 13:00 hs. ARTÍCULO 2º) Dispónese que los organizadores asumen para sí, en forma exclusiva y ============= excluyente: - La responsabilidad de la seguridad y control del comportamiento de los participantes y público asistente, como asimismo de todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión del desarrollo de los eventos, - Garantizará la higiene y orden del lugar otorgado, - El cuidado de los espacios verdes y su entorno.- ARTÍCULO 3º) Establézcase que el permiso otorgado por la presente, es intransferible, ============ de carácter precario y no contiene derechos de exclusividad. Pudiendo ser revocado por alteración al orden público, por no cumplir con la presente normativa y/o cualquier motivo que perturbe el bienestar social/sanitario.- ARTÍCULO 4º) Establézcase en el caso de corresponder, los autorizados deberán abonar las ============= contribuciones establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.).- ARTÍCULO 5º) Dispóngase que ante el incumplimiento de la presente, las sanciones ============ que le correspondieren, a los permisionarios quedarán dentro del marco legal, establecido por Ordenanzas y normativas vigentes.- ARTÍCULO 6º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda dese ============ al Registro Oficial y oportunamente, archívese.- SALA DE SESIONES, 11 de Septiembre de 2024.-