Boletines/Coronel Dorrego

Ordenanza Nº4575/2024

Ordenanza Nº 4575/2024

Coronel Dorrego, 11/09/2024

VISTO: La nota elevada a este Concejo Deliberante por la Dirección de Educación Artística de nuestro Distrito; y

CONSIDERANDO: Que mediante la misma solicita el permiso para utilizar el espacio público de la Plaza central Manuel Dorrego, el día jueves 26 de septiembre. Que la presente solicitud tiene como finalidad el desarrollo de una jornada educativa con actividades artísticas enmarcadas en el proyecto de Semana de las Artes 2024. Que, según informan, el encuentro se desarrollará en formato taller y estará a cargo de profesores de todas las instituciones de la localidad de la modalidad de educación artística. Que en la ocasión se podrán apreciar producciones visuales e instalaciones de las mismas, conciertos, charlas y encuentros con artistas y visitas a instituciones culturales, entre otras actividades.

ORDENANZA

POR TODO ELLO, el HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, en uso de facultades que le son propias, dicta la siguiente: ORDENANZA: ARTÍCULO 1º) Autorízase a la Dirección de Educación Artística a utilizar la Plaza Manuel ============= Dorrego, durante el día jueves 26 de septiembre, en el horario comprendido entre las 8 y las 17 hs., para realizar las actividades enunciadas en los fundamentos de la presente. ARTÍCULO 2º) El permiso otorgado por la presente es intransferible, de carácter precario ============ y no contiene derechos de exclusividad, pudiendo ser revocado por alteración al orden público, por no cumplir con la presente normativa o cualquier motivo que perturbe el bienestar social/sanitario.- ARTÍCULO 3º) Establézcase que la institución organizadora, será responsable ============= absoluta de la higiene del lugar, asumiendo por sí en forma exclusiva y excluyente, la responsabilidad de la seguridad y control del comportamiento que genere el emprendimiento autorizado, como asimismo todo tipo de daños materiales y/o personales que pudieran producirse con motivo y/o en ocasión de las actividades programadas.- ARTÍCULO 4º) En caso de corresponder, la entidad autorizada abonará las ============= contribuciones establecidas a la Sociedad Argentina de Autores y Compositores (S.A.D.A.I.C.).- ARTÍCULO 5º) El Departamento Ejecutivo, mediante el área de Inspección ============= General, resolverá sobre cualquier cuestión que haga a la organización autorizada en la presente.- ARTÍCULO 6º) Comuníquese al Departamento Ejecutivo, demás que corresponda, ============= dése al Registro Oficial y oportunamente, archívese.- SALA DE SESIONES, 11 de Septiembre de 2024