Boletines/Coronel Dorrego

Decreto Nº2195/2024

Decreto Nº 2195/2024

Coronel Dorrego, 18/09/2024

Visto

la solicitud de colaboración económica municipal presentada mediante Expte. 1411/2024  por la Asociación Cooperadora de la Escuela N° 8 de Oriente – reconocida como Entidad de Bien Público por Legajo N° 043, a los efectos de solventar  los gastos de honorarios de atención Psicológica, a alumnos de nivel inicial y primario  de Oriente y Marisol que concurren a la institución; y

Considerando

que estos servicios permiten identificar las dificultades de comunicación que pueden incidir en el aprendizaje; diseñando intervenciones puntuales en los casos que así lo requieran, revalorizando el rol de la familia como principal agente de estimulación del desarrollo de competencias lingüísticas y comunicativas, realizando entrevistas individuales con los alumnos (tratamiento) y construyendo espacios para brindar orientaciones a los docentes;

 

          que el mencionado gasto puede ser canalizado a través de los recursos del Fondo Educativo Ley 26.075;

Por ello, el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades-

D E C R E T A

ARTICULO 1°) Facultase a Contaduría Municipal a liquidar a favor de la ASOCIACIÓN COOPERADORA DE LA ESCUELA N° 8 DE ORIENTE, hasta la suma de $300.000.- (Pesos Trescientos Mil) en concepto de subsidio mensual, durante los meses SETIEMBRE A DICIEMBRE, por los motivos expuestos en el exordio del presente.-

ARTICULO 2°) La suma que se menciona en el artículo precedente deberá ser rendida con los respectivos comprobantes por el gasto realizado.-

ARTÍCULO 3°) Fíjase la siguiente imputación: 111 01 02 000 Secretaría de Gobierno y Hacienda - 18 00 00 Fondo Financiamiento Educativo Ley 26.075  5.1.7.0. Transferencia a otras instituciones culturales y sociales sin fines de lucro - Fuente de financiamiento: 132 de Origen Provincial.

ARTICULO 4°) Comuníquese a Contaduría, entidad peticionante, demás que corresponda, dése al R.O., y oportunamente archívese.-