Boletines/Coronel Dorrego
Decreto Nº 2110/2024
Coronel Dorrego, 05/09/2024
Visto
la Ordenanza Municipal registrada bajo el Nro. 3136/11 de fecha 13 de octubre de 2011, mediante la cual se crea el Programa Municipal de Viviendas en el Distrito de Coronel Dorrego;
Considerando
que la mencionada norma crea a su vez, a los efectos de la ejecución del programa, el Ente Municipal de Viviendas, encontrándose entre sus facultades establecer las pautas de su funcionamiento y reglamentar la puesta en vigencia de dicha normativa municipal;
que para el mejor funcionamiento y operatoria del Programa Municipal de Viviendas es necesario dictar un acto administrativo que permita reglamentar la asistencia financiera impulsada por el Municipio, fijando las normas a las que se sujetarán los potenciales beneficiarios del mismo, de conformidad con lo establecido por el Artículo 3°) de la Ordenanza Municipal N° 3136/11;
que es necesario que la Municipalidad de Coronel Dorrego cuente con una normativa clara a fin de materializar las adjudicaciones, en el marco del Programa Municipal de Viviendas en el Distrito de Coronel Dorrego;
que la reglamentación establecerá, a su vez, las normas para el recupero efectivo de los préstamos otorgados para la autoconstrucción y/o construcción de la vivienda en los plazos, formas y condiciones;
que es necesario determinar la cuota y tasa de interés a aplicar, fijando la fecha a partir del cual se debe abonar la primer cuota, el interés y el plazo por el cual las mismas permanecerán fijas, a fin de lograr el efectivo recupero y recaudación real del préstamo otorgado;
que resulta imprescindible contar con una normativa que contemple la igualdad de condiciones de los vecinos del distrito para acceder a una vivienda, asegurando el principio de equidad entre todos los aspirantes y la transparencia en el sistema de adjudicación;
que se han efectuado modificaciones por lo que resulta conveniente unificarlas en un texto ordenado;
que la Ordenanza Nº 4141/21 modifica la norma que crea el Programa, incorporando la modalidad de “mejoramiento de viviendas”, por lo que corresponde incorporar al Reglamento del Programa, las condiciones para el acceso a esa nueva opción.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por el Art. 107°) a inciso 3 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto Ley 6768/59) y el Art. 3° inc. 8) de la Ordenanza Municipal N° 3136/11
el INTENDENTE MUNICIPAL,
D E C R E T A
ARTÍCULO 1°) Apruébase el Reglamento de Vivienda, que como Anexo I forma parte del presente, el que tendrá como objeto el desarrollo del régimen jurídico del Programa de Viviendas en el Distrito de Coronel Dorrego, establecido por la Ordenanza Municipal N° 3136/11.
ARTÍCULO 2°) Téngase por Derogado el Decreto Nº 2684/21.
ARTÍCULO 3°) Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al R.O. y oportunamente, archívese.-