Boletines/Bahia Blanca
Resolución Nº 1944
Publicado en versión extractada
Bahia Blanca, 25/11/2024
Visto las presentes actuaciones, referidas a la solicitud de Habilitación interpuesta por la Asociación Juanita Primera, con CUIT 30-71776848-1, Contribuyente Nº 91529, para desarrollar actividades bajo el rubro de Espacio de Cultura Independiente - Clase B, en el domicilio de la calle Alvarado Nº 818 de la Localidad de Bahía Blanca, y;
CONSIDERANDO
Que a fs. 57 obtuvo habilitación municipal para el rubro Espacio de cultura independiente clase B con fecha vencimiento el 11/12/2024 mediante Resolución N°3405/2023 restándole adecuar un baño adaptado para discapacitados;
Que a fs. 60 toma debida intervención el Departamento Habilitaciones, labrando el correspondiente Acta de Inspección Nº 46020 de fecha 16/10/2024, dejando constancia que el local reúne buenas condiciones de seguridad e higiene;
Que de fs. 61/68 y 72 obra documentación aportada por parte interesada a fin de poder evaluar la procedencia de lo solicitado;
Que a fs.69/71 se acompaña constancia de cumplimiento tributario para Habilitación Municipal debidamente intervenida por el Departamento Recaudación;
Que se han cumplimentado los requisitos exigidos por Ley Provincial Nº 15302 y la Ordenanza Nº 18486 concordantes y modificatorias;
Que atento a los informes producidos por el Departamento de Recaudación y el Departamento Habilitaciones, se concluye que resulta procedente hacer lugar a la solicitud de Habilitación interpuesta;
Por ello, el Subsecretario de Ingresos Públicos de la Municipalidad de Bahía Blanca, en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 2900/2021;
- R E S U E L V E -
ARTICULO 1º)- Habilítase a la Asociación Juanita Primera, con CUIT 30-71776848-1, Contribuyente Nº 91529, para desarrollar actividades bajo el rubro de Espacio de Cultura Independiente - Clase B, con factor de ocupación para cien (100) personas, en el domicilio de la calle Alvarado Nº 818 de la Localidad de Bahía Blanca
ARTICULO 2º)- Expídase Certificado de Habilitación Nº 930/2024 a nombre de la Asociación Juanita Primera, Contribuyente Nº 91529 de acuerdo a lo establecido en el Artículo Primero de la presente Resolución.
ARTICULO 3º)- Déjese constancia que la vigencia de la habilitación otorgada en el Artículo Primero de la presente Resolución, quedará supeditada al mantenimiento de las condiciones que hicieran posible su otorgamiento, y al cumplimiento de la normativa actual y futura que regule la actividad para la cual fuera otorgada la habilitación.
ARTICULO 4º)- Dispóngase que la modificación de la razón social, traslado del establecimiento, modificación de las instalaciones que involucren cambios fundamentales o variaciones en la naturaleza de sus actividades, conllevará a la caducidad de la habilitación otorgada, pudiendo el Departamento Ejecutivo conceder un plazo al contribuyente para la regularización correspondiente.-
ARTICULO 5º)-Cúmplase, dese al R.O., tomen nota Departamento de Habilitaciones, Departamento Recaudación, Departamento Saneamiento Ambiental, cumplido: Archívese.